Seguro escucharon que ya es obligatorio el registro de las trabajadoras (y los trabajadores) del hogar en el IMSS. Y aunque sólo falta que esto sea publicado en el DOF (Diario Oficial de la Federación), este registro ya es un hecho inminente, así que por acá les vamos a contar cómo hacerlo.

Info importante tanto para las trabajadoras del hogar como empleadores o empleadoras —y la verdad, no es nada difícil de cacharle.

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Foto: Graciela López-Cuartoscuro.

El registro obligatorio de trabajadoras del hogar en el IMSS

El camino para que las trabajadoras del hogar estén registradas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tengan derechos laborales como el derecho a una pensión, acceso a guarderías y próximamente —si todo sale bien en las Cámaras— a créditos del Infonavit, ha sido largo.

Pasando del registro voluntario a un programa piloto y ahora a la obligatoriedad para que 2.3 millones de personas dedicadas al trabajo del hogar —88% son mujeres y 12% hombres— estén en el IMSS.

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Foto: Mario Jasso-Cuartoscuro.

(Abrimos un breve paréntesis sólo para aclarar que no importa si la trabajadora o el trabajador chambean dos días o un mes con uno o más empleadores, de manera consecutiva o días salteados, el punto es que existe una colaboración y esta debe estar registrada en el IMSS).

Los beneficios

La idea es que el pago lo hagan los empleadores de manera individual, registrando a las trabajadoras desde el primer día de chamba.

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Foto: Galo Cañas-Cuartoscuro.

Una vez registradas, los beneficios van desde la atención médica en las unidades del IMSS, derecho a incapacidades, cobertura por riesgos de trabajo, acceso a guarderías, acceso a fondo de retiro, cobertura para las familias y, como les platicábamos, si todo sale bien en el Congreso de la Unión, créditos de vivienda en el Infonavit, próximamente.

Paso a paso

Va de nuevo: el pago se hace por cada empleador de acuerdo al salario y los días trabajados de cada persona y se puede cumplir esta obligación por día, mes, bimestre o año.

¿Dónde se hace el registro? Todo es en línea, sin necesidad de ir a una oficina de gobierno.

El primer paso es entrar a la página www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar (Personas trabajadoras del hogar) con los datos del empleador y la trabajadora.

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Foto: Presidencia.

O sea, la CURP, un correo electrónico, domicilio y datos de contacto en el caso del empleador.

Y de la trabajadora se necesita la CURP, el domicilio, datos de contacto y el número de Seguridad Social —en caso de no tenerlo, lo pueden obtener en la misma página del IMSS.

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Foto: Presidencia.

Luego, el empleador debe ingresar los días de trabajo y salario en una especie de tabulador que el mismo IMSS les da —ahí calculan la cuota que hay que pagar.

Y ya ingresados los días de chamba y trabajo, el registro finaliza. Lo único que hay que hacer es descargar el formato de incorporación y la línea de captura.

El pago se realiza en un banco o mediante la banca en línea del empleador. Ojo, este registro se hace sólo una vez y lo que pasará es que mes a mes el sistema enviará la línea de captura para pagar las cuotas.

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Foto: Presidencia.

Y eso es todo. Por cualquier duda, acá les dejamos el número telefónico para asesorías: 018006232323.

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Hola, soy Lucy Sanabria. Desde 2018 redacto y reporteo para Sopitas.com, con especial entusiasmo en temas de derechos humanos y LGBT+. En 2021 fui parte de la generación de la beca de Periodismo Incluyente...

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