¿Se acuerdan que hace unos días el INE le impuso a AMLO una “tutela preventiva” para que dejara de andar opinando sobre asuntos relacionados por las próximas elecciones?… ¿y también se acuerdan que el presidente advirtió que iba a impugnar la decisión ante el TEPJF? ¿Pues qué creen?
Por medio de un comunicado, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer que echó pa’tras las medidas cautelares que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al presidente, las cuales iban con miras a que éste no pudiera seguir con sus nada tendenciosos comentarios sobre las próximas elecciones federales de 2021 en espacios de comunicación social (mañaneras).
Para determinar lo anterior, los miembros del Tribunal tomaron en consideración que las expresiones que originaron la controversia son “actos futuros de realización incierta”… ¿¿¿??? Ahhh, pues porque “las medidas cautelares son accesorias, y por lo tanto siempre deben ser parte de un procedimiento principal, y por lo tanto no pueden ser dictadas sobre situaciones que aún no acontecen”.
La semana pasada, el INE determinó que había que poner una “tutela preventiva” al presidente, luego que éste se fue acusado por el PRD y el PAN de haber invitado a la ciudadanía a reflexionar su voto para las próximas elecciones federales… y, claro, que dicha reflexión fuera en torno a los beneficios que les representaría votar por Morena.
En el INE determinaron que ponerle una tutela a AMLO era “una protección contra el peligro de que una conducta ilícita o probablemente ilícita continúe o se repita”. Es decir, para que ya no siguiera vulnerando la imparcialidad y neutralidad que deben tener las elecciones federales.
Pero bueno, en el TEPJF determinaron que la Comisión del INE no atribuciones para emitir determinaciones como la impuesta al presidente… al menos sobre actos futuros, ya que eso lo consideran un acto de censura.
¿Entonces AMLO puede seguir hablando sobre las elecciones?
Pues, en teoría no, porque así lo marca la Constitución. Por ello, luego de quitar las medidas preventivas del INE, el tribunal le pedirá a AMLO y los miembros de su gabinete que le echen un repaso al artículo 134 de la Carta Magna, donde constan los principios de neutralidad, así como las normas previstas para la no intervención de servidores públicos en el proceso electoral.