Recientemente por medio de su cuenta de Twitter, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, afirmó que la Constitución mexicana estipula como obligatorio el voto en la Revocación de Mandato, pero que el Instituto Nacional Electoral (INE) nunca lo dio a conocer a la ciudadanía “porque estaba en contra del procedimiento”.

Ya de paso y encarrerados, afirma que que no se instalaron todas las casillas porque el INE retuvo mil 360 millones de pesos en sus “ilegales fideicomisos“.

Partiendo de esta declaración ¿de verdad te pueden sancionar por no ir a votar en la consulta de Revocación de Mandato? 

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Foto: Twitter

¿Votar en la consulta de Revocación de Mandato era obligatorio?

La respuesta es sí, pero también no. Vámonos por partes…

El artículo 35 de la Constitución mexicana establece, en su fracción VIII, que los ciudadanos mexicanos tiene derecho a votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional. Ese mismo artículo, en la fracción I, reconoce el derecho a votar en las elecciones populares.

Hasta acá vamos bien, los mexicanos tenemos derecho a votar en elecciones populares y en las consultas populares.

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Foto: CNN 

Pero, la Constitución también reconoce la votada como una obligación.

El artículo 36, en su fracción III, establece que los ciudadanos mexicanos tiene la obligación de votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato. Si hablamos de obligación, entonces se intuye que debe haber una sanción para quienes no cumplan.

Y efectivamente.

El artículo 38, en su fracción I, establece que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos mexicanos serán suspendidos por hasta un año cuando no se cumplan, sin causa justificada, cualquiera de las obligaciones establecidas en el artículo 36, una de ellas, votar.

Entonces, tenemos que votar en las elecciones, en las consultas populares y en los procesos de revocación de mandato es un derecho y una obligación que tiene una sanción de no ser cumplida. Aquí es donde llegamos al agujero legislativo: ¿quiénes serán sancionados? ¿bajo qué normas se establecerán las sanciones? ¿cómo se inicia el proceso sancionador? ¿serán sancionados absolutamente todos los mexicanos que no voten? ¿qué organismo sanciona?

El asunto es que, hasta el momento, no hay respuesta para estas preguntas, por lo que a pesar de que la Constitución contempla el voto obligatorio, no hay mecanismos que lo regulen, por lo que es inoperante.

El voto obligatorio en México

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 7, estipula que votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular. Lo mismo con las consultas populares.

El artículo 447 de esta misma ley, en el apartado e, explica que constituye una infracción de los ciudadanos el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas, por lo tanto, se intuye que también aplica para del derecho y obligación de votar.

Sin embargo, esta misma ley afirma que cuando se trata de suspender los derechos electorales de un ciudadano, por causas distintas a un proceso penal o a una sentencia condenatoria, tiene que se un juez quien de luz verde y luego dar aviso al INE para que saquen el nombre de la persona del padrón electoral por el tiempo que dure la sanción.

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Foto: Cuartoscuro

El asunto, como podemos ver, es que aunque la ley contempla el voto como obligatorio y habla de una sanción específica, no especifica las normas que aplicarán para establecer las sanciones: hay una sanción pero no un procedimiento sancionador específico. Por lo tanto, las sanciones por no votar en México solo existen en papel.

En septiembre de 2016 la senadora panista Sandra Luz García Guajardo propuso reformar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para “hacer efectiva” la suspensión de los derechos para quienes no votan sin causa justificada.

La legisladora explicó que aunque el voto obligatorio en México está regulado constitucionalmente, carece de los mecanismos legales o procedimientos para aplicar las sanciones. La iniciativa se quedó así, como iniciativa.

A finales del año pasado, la diputada de Morena María Eugenia Hernández presentó una iniciativa para reformar el artículo 31 de la Constitución y que todos los mexicanos estén obligados a votar en las elecciones, consultas populares y procesos de revocación de mandato. El asunto, volvemos a lo mismo, es que aunque se apruebe la obligatoridad del voto, necesitan legislarse también los mecanismos que lo regulen y que se apliquen para las sanciones.

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Foto: Cuartoscuro

Entonces, en conclusión, en México se contempla de manera constitucional el voto como una obligación, con su correspondiente sanción, pero no hay un mecanismo sancionador que lo regule, por lo tanto, las sanciones no se aplican.

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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