De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo mexicana en todo el año hay 8 días festivos en los que los trabajadores deben descansar. Pero si te toca trabajar… ¿te deben pagar doble o triple?
Acá te contamos todo lo que debes saber al respecto para que no te salgan con el cuento que hay que ponerse la camiseta o que va a haber pizza.
Primero ¿cuáles son los días festivos en los que te deben pagar triple?
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo mexicana establece que en todo el año hay 8 días de descanso obligatorio. Bueno de hecho el noveno es un espacio que se contempla por si se convocan elecciones ordinarias en días de trabajo y no en domingo.
Entonces, los días que los trabajadores deben descansar sí o sí son:
- 1 de enero
- El primer lunes de febrero por el 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo por el 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre por el 20 de noviembre
- El 1 de diciembre cada 6 años por el cambio de presidente
- 25 de diciembre
El artículo 73 establece que los trabajadores no están obligados a chambear en esos días, pero que el patrón y los empleados pueden acordar aquellos que harán guardias en esos días.
¿De a gratis? Naaaambre. Los trabajadores que chambeen esos días tendrán derecho a que es paguen el salario que corresponde por el descanso mas un salario doble, entonces, sería un salario triple por trabajar ese día.
Entonces, solo para dejarlo claro. Supongamos que a Felipe le toca hacer guardia el 1 de mayo. En la quincena próxima Felipe va a recibir su quincena completa, normalita, que ya incluye el trabajo de ese día.
Pero aparte le debe caer un pago equivalente a un salario diario doble, para que entonces se sume la paga triple.
¿Y cómo podemos saber cuánto nos toca? Fácil. Checa cuánto te pagan cada quincena y divídelo entre 15 para saber cuánto te pagan por día.
Eso que ganas por un día multiplícalo por dos. Entonces, si hiciste guardia en día festivo, te debe caer tu quincena normal mas el pago doble, para que sumados se cumpla el pago triple.
Pero ojo porque si el día festivo cae en domingo y hay que trabajar, entonces te toca más dinerito.
El artículo 71 de la Ley Federal de Trabajo establece que los días de descanso semanales son los domingos, de preferencia. Entonces si los trabajadores chambean en domingo les deben pagar una prima adicional de un 25% (al menos) sobre el salario diario de los días ordinarios.
Si es festivo, sumamos el salario triple mas la prima dominical.
¿Qué hago si nomás me quieren dar pizza?
Si ya te dijeron que te toca guardia y no te quieren pagar lo que corresponde, Lo que tienes que hacer es denunciar ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en donde te darán la asesoría que necesitas.