Esta es una noticia que salió hace un par de días pero que es bien importante retomarla, sobre todo en esta época cuando se realizan movimientos y transferencias digitales —y a veces los datos de los cuentahabientes quedan expuestos. ¿Cuál es la nueva? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los bancos deben pagar el dinero de retiros no reconocidos en tarjetas de débito. De no hacerlo, están obligados a pagar intereses ordinarios y moratorios.

Es decir, la SCJN dictó jurisprudencia (una resolución) cuya observancia —o mando— será obligatoria a partir de este lunes 14 de diciembre en toooooooodos los juicios abiertos sobre este tema.

Va de nuez: si una persona se ampara o va a juicio porque hubo un retiro o cargo NO reconocido en su tarjeta de débito y el banco no quiere reponer ese dinero, el fallo favorecerá al cuentahabiente por la resolución de la Primera Sala de la SCJN.

Tarjetas de débito, bancos y la SCJN

“La Primera Sala resolvió que cuando el titular de una cuenta de depósito de dinero denuncie retiros no autorizados mediante el uso de tarjeta de débito, la institución bancaria debe retribuir las cantidades retiradas y, en caso de no hacerlo, pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra a razón del 6%, pues en el contrato de depósito de dinero el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante”, se lee en el comunicado que publicó la SCJN el pasado 11 de diciembre.

Y aquí vamos otra vez, si el banco se niega a pagar el dinero —de un retiro NO reconocido—, entonces será obligado a pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso de este pago en razón del 6%.

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Foto: Cuartoscuro.

Se trata de una buena noticia para quienes han sufrido por tener que acreditar un retiro No reconocido o esperar plazos largos para que su dinero se restituya en la cuenta de débito.

Todo este rollo se derivó luego de que la SCJN revisó los casos que concluyeron dos Tribunales Colegiados de la misma especialidad, pero de distinto circuito. En uno de ellos, se concluyó que el banco no tenía por qué pagar los intereses legales al cuentahabiente.

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Foto: Cuartoscuro.

Y aquí de lo que se encargó la SCJN fue analizar la contradicción de tesis entre estas conclusiones y emitir una nueva: Cargos no reconocidos a tarjeta de débito. Procede el pago de intereses moratorios por la falta o retraso en la retribución de las cantidades sustraídas, en términos del artículo 632 del Código de Comercio.

Como mencionamos, esta jurisprudencia entra en vigor este 14 de diciembre, así que ojo.

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Hola, soy Lucy Sanabria. Desde 2018 redacto y reporteo para Sopitas.com, con especial entusiasmo en temas de derechos humanos y LGBT+. En 2021 fui parte de la generación de la beca de Periodismo Incluyente...

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