Desde el lunes se ha estado discutiendo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación el proyecto que permitirá a parejas del mismo sexo que se encuentran bajo el régimen de convivencia, adoptar a menores de edad, algo que fijaría un nuevo precedente en las leyes de nuestro país.

El día de hoy se votó en sesión el plan presentado por la minsitra Margarita Luna Ramos, donde propusó declarar inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del estado de Campeche que prohíbe la adopción de menores a personas unidas bajo la sociedad de convivencia.

La ley fue catalogada con “efectos discriminatorios en las personas” que viven en este tipo de sociedades, pues solo por ese hecho se les niega toda posibilidad para adoptar. De acuerdo a Luna Ramos violaba los recehs de no discriminación, la protección de la organización y el desarrollo de la familia, que se encuentran en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política y el 1,17 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Con un solo voto en contra, del ex procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, la corte avaló que las sociedades de convivencia, tanto del mismo sexo como heterosexuales, son un modelo de familia reconocido para la constitución y por lo mismo tienen derecho de adopción, así como de compartir la patria potestad o custodia de los menores.

La votación se oficializará en la tarde de hoy.

Todo lo que no sabías que necesitas saber lo encuentras en Sopitas.com

Comentarios

Comenta con tu cuenta de Facebook