Muy pero muy buenas noticias. Este 11 de octubre el pleno del Senado aprobó en lo general con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones, la eliminación de las terapias de conversión, mejor conocidas como ECOSIG.

Ojo con esto: para que pasara esto pasaron 4 años. El texto fue presentado el 4 de octubre de 2018 por senadoras de Morena, del Partido Verde y de Movimiento Ciudadano.

Foto: Cuartoscuro.

Un paso más para acabar con las terapias de conversión

La iniciativa fue presentada en octubre de 2018 por las senadoras Citlali Hernández de Morena, Alejandra Lagunes del PVEM y Patricia Mercado de Movimiento Ciudadano. 

La idea es agregar un artículo (el 149 Quáter) al Código Penal Federal y un artículo 465 a la Ley General de Salud. 

En lo que respecta al Código Penal Federal, se propone agregar un capítulo IX llamado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas”. 

La idea es imponer de 2 a 6 años de prisión, así como una multa de casi 200 mil pesos, para quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.

Foto: Cuartoscuro.

La pena aumentará al doble cuando las terapias vayan contra menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

De igual forma el castigo irá al doble cuando la persona autora tuviera contacto con la víctima de manera laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique la subordinación de la víctima. 

Lo mismo para quien sea funcionario público y para la persona que use violencia física, psicológica o moral contra la víctima.

Foto: Getty Images.

Para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima habrá que hacer dictámenes. Si el Ministerio Público no lo lleva a cabo, será sancionado. El Estado debe proporcionar la atención médica, psicológica o de especialidad que requiera la víctima si ésta no puede pagarlos. 

Para la Ley General de Salud , se especifican entre 1 y 3 años de suspensión en el ejercicio profesional para el personal de la salud que promueva o participe en terapias de conversión. 

Foto: Twitter

¿Y ahora qué sigue? El proyecto se va a la Cámara de Diputados, donde esperamos que sea aprobada pronto.

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