Para que ya no haya güeyes que gandallamente se libran de su responsabilidad con el clásico “¿cómo sé que es mío?” (pero rehúsan a hacer uso de la ciencia para salir de dudas), la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que, a aquellos hombres que se nieguen a hacer la prueba de ADN, se les presumirá en automático la paternidad. Es decir, podrían ser considerados “padres biológicos”.
Anteriormente, los “hombres” podían rehusarse a someterse a la prueba de paternidad, alegando que se violaba su derecho a la privacidad; sin embargo, los magistrados de la Primera Sala de la SCJN consideraron que es primordial -más que guardar la información privada contenida en el ADN- el derecho de las personas a conocer su origen biológico, ya que tal información es de enorme trascendencia para la imagen que el individuo se genera sobre sí mismo… lo cual, está más que demostrado, tiene importantes consecuencias jurídicas y psicológicas.
Se presumirá paternidad de hombres que rehúsen prueba de #ADN en juicio: Corte (@SCJN) https://t.co/FI0AlApOsQ pic.twitter.com/02qqDoX7aJ
— Aristegui Noticias (@AristeguiOnline) 8 de marzo de 2018
Lo anterior se derivó luego de que un fulano se amparó contra la petición de realizarse la prueba genética, alegando que el hecho de que se presumiera la paternidad violaba su derecho a la intimidad y, como se señaló anteriormente, al revelarse los resultados de la mentada prueba se ofrecí información privada de su ADN (“¡serás mutante güey!”, gritó alguien desde gayola). Sin embargo, el caso pasó a revisión y el ministro Arturo Zaldivar Lelo estimó que ““las personas tienen derecho a conocer su origen biológico”.
Cabe aclarar que Zaldivar sí le echó muso seso al asunto, ya que tomó en consideración que la toma de una muestra genética puede implicar obtener información que, efectivamente, pertenece al ámbito privado del ser humano. ¿Por qué? Ahh, pues porque con esa muestra se puede poner en evidencia condiciones genéticas relacionadas con aspectos patológicos, hereditarios o hasta tendencias a determinadas conductas. Pero los ministros indicaron que, en el caso de la prueba ADN, ésta sólo revela información necesaria para checar la paternidad, por lo que la afectación a la intimidad es “moderada”. Además, aclararon que los hombres continúan sin estar obligados a someterse a la verificación genética… nomás que, entonces, serán considerados como “padres biológicos”.