Lo que necesitas saber:
La SCJN discute un proyecto para invalidar algunos puntos de la reforma al Poder Judicial.
Llegamos a otro capítulo de la discusión de la Reforma al Poder Judicial, ya aprobada por el Congreso de la Unión, los congresos locales y publicada en el DOF: la discusión del proyecto del ministro Carrancá para darle la vuelta a estos cambios en la Constitución y declarar a la reforma parcialmente válida o inválida.
O dicho de otra manera: el proyecto que busca frenar algunos puntos aprobados en la Reforma Judicial como la elección de jueces de Distrito y magistrados de Circuito, invalidando lo aprobado por el Congreso (Cámara de Diputados y Senado), congresos locales y publicado en el DOF —que es la última fase con el visto bueno que debe pasar una reforma para ser una realidad.
SCJN: De qué va el proyecto del ministro Carrancá para invalidar la Reforma Judicial
El proyecto
Se trata del proyecto de sentencia Acción de Inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas.
Lo llevó a cabo el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá con la propuesta de resolver las demandas del PRI, PAN y MC de acción de inconstitucionalidad —o sea, apelando a que no es constitucional— contra la Reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF).
Sí, el proyecto analiza esta reforma que ya fue aprobada y publicada en el DOF y que es una especie de guía que serán las próximas elecciones de ministros, jueces y magistrados del Poder Judicial en 2025 y 2027.
Pero dada a su importancia y la discusión que ha girado en torno a ella, les contamos de qué va este proyecto del ministro de la SCJN para invalidar de manera parcial la reforma Judicial.
¿Qué cambia?
El proyecto del ministro de la SCJN Carrancá invalida estos puntos de la reforma Judicial:
- La elección por voto popular de los jueces de Distrito y magistrados de Circuito, cuando la Reforma Judicial ordena la elección de ministros, ministras, magistrados del Tribunal Electoral, los jueces de Distrito y los magistrados. Acá pueden leer más de lo aprobado.
- La suspensión de normas generales en los juicios de amparo.
- El cese de los jueces y las juezas de Distrito y Circuito que entraron al Poder Judicial mediante la carrera judicial y cuyo lugar será ocupado por nuevo personal vía las elecciones, además de la reducción de algunos salarios.
- Que la reforma se aplique en los poderes judiciales locales.
- Y la inatacabilidad de las sentencias del nuevo Tribunal de Disciplina.
Por otra parte, este proyecto valida la elección de ministros y ministras de la SCJN, de los magistrados del Tribunal de Disciplina y del Tribunal Electoral. O sea, deja este punto tal cual se aprobó en el Congreso de la Unión.
Además, le da visto bueno a la desaparición de los fideicomisos, la creación del Tribunal de Disciplina y los plazos límites para llevar a cabo las sentencias.
Lo que dice Sheinbaum y la SCJN
Para la presidenta Claudia Sheinbaum y Morena este análisis del proyecto del ministro Carrancá para cambiar la reforma Judicial y declarar algunos puntos válidos y otros inválidos no es válida.
De acuerdo con Sheinbaum, la SCJN no tiene chance —o no está en sus funciones— moverle a las reformas y menos constitucionales, modificando los puntos aprobados porque esa es función del Legislativo.
¿Qué dice la SCJN? De aquel lado, los 8 ministros y las ministras que renunciaron parece que formarán fila para apoyar este proyecto.
El ministro Carrancá ha explicado que es válido el análisis de las quejas del PRI, PAN y MC por acción de inconstitucionalidad contra la reforma del Poder Judicial, aún cuando esta ya forma parte de la Constitución.
Y su reflexión o discusión mediante este proyecto es válida porque se trata de un equilibrio de representación de los poderes de nuestro país. ¿Ustedes qué dicen?
Los votos
El 5 de noviembre se ha llevado a cabo su discusión y basándose en la Constitución antes de la reforma, la SCJN necesitaba de 8 votos para aprobar el proyecto.
Sin embargo, en los cambios a la Constitución propuestos por Morena en la misma reforma Judicial, se supone que la SCJN necesita de al menos 6 votos para declarar la invalidez de una norma impugnada —detalle que llevó a un receso a la Suprema Corte en la discusión.
Acá pueden checar el dato en el artículo 5 publicado en el DOF el 15 de septiembre sobre la reforma entrante que el mismo proyecto de la SCJN buscaba invalidar.
Aunque en caso de las controversias constitucionales o de acciones de inconstitucionalidad planteadas, la misma reforma dice que de ser admitida, la norma en cuestión no podrá ser suspendida.
Por lo pronto, el mero 5 de noviembre se lleva a cabo la discusión de este proyecto que definirá o no lo aprobado y que ya es un hecho con respecto a la reforma Judicial.
Aquí pueden checar el proyecto completo y su resumen. Y acá pueden seguir la sesión: