Lo que necesitas saber:
Las colegiaturas y el transporte escolar son deducibles ante el SAT, aunque hay varios detalles para aplicar.
A propósito del ciclo escolar 2023-2024, el SAT pasó un amable recordatorio para todas las familias sobre si las colegiaturas y el transporte escolar son deducibles.
Y pues sí: las mamás o los papás —en general, cualquier persona física— puede deducir las colegiaturas de sus hijos e hijas, aunque deben tomar en cuenta los límites de validación y requisitos.
O en el caso del transporte escolar… sólo si es obligatorio y está incluido en la colegiatura —es decir, que esté incluido en el concepto de estímulo sobre colegiaturas, sino ya es otro cantar del que orita les vamos a platicar.
Acá les contamos más sobre las colegiaturas deducibles de impuestos en la declaración anual.
¿Las colegiaturas y el transporte escolar son deducibles ante el SAT?
El SAT ha explicado a las familias que sí pueden deducir los pagos por concepto de colegiatura y transporte escolar —siempre y cuando sea obligatorio.
Esta chance para deducir las colegiaturas aplica tanto para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa —ya saben, mamás, papás, suegros, suegras— ooooo para sí mismos.
El SAT dice que todo este rollo es en realidad un estímulo que aplica para los niveles de kínder, primaria, secundaria y medio superior.
Y para que las colegiaturas sean deducibles debemos saber que: los niños y las niñas deben estudiar en una institución privada —ok, es obvio pero no está de más comentarlo— y que las escuelas estén validadas.
Los límites anuales que el SAT maneja van en función de los niveles escolares y son los siguientes —o sea, esa es el tope de la cantidad que se puede deducir de manera anual o por año:
Preescolar: 14,200 pesos
Primaria: 12,900 pesos
Secundaria: 19,900 pesos
Profesional técnico: 17,100 pesos
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
Los requisitos para poder deducir las colegiaturas ante el SAT
¿Qué necesitamos para que las colegiaturas y el transporte escolar sean deducibles?
El nombre del estudiante y CURP. Indicar el nivel educativo que cursa. El RFC de la persona que paga —o sea, el contribuyente. Las facturas por el pago de la colegiatura. Que la escuela privada esté validada y que el pago de las colegiaturas se haya hecho por transferencia, tarjeta de débito, crédito o cheque.
Ojo, es importante que las escuelas emitan las facturas electrónicas por el pago de colegiaturas y que estén dadas de alta en el padrón del SAT.
En el caso del transporte escolar, va de nuevo, este tiene que estar incluido —de manera obligatoria— en las colegiaturas.
En caso de que no sea así y estén interesados en deducirlo, como el transporte escolar no es un servicio de enseñanza, puede aplicar como una deducción personal.
Lo único que tienen que hacer es pedir una factura aparte por el concepto del transporte… Ojo, eso sí, eso no entra en el rango de este estímulo. Es independiente y no aplican las características con las que se deducen las colegiaturas.
Toca presentar las facturas por pago de colegiatura en la declaración anual con el SAT
Y ya con eso. A la hora de presentar tu declaración anual, tú o tu contador tendrán que ingresar las facturas electrónicas por el pago de colegiaturas en el sistema del SAT.
Acá les dejamos un video explicativo armado por el mismísimo SAT para que no se les vaya ni un dato