Recientemente, los diputados y diputadas del Congreso de Oaxaca aprobaron reformas al Código Penal estatal para castigar hasta con 40 años de prisión a quien ataque a una mujer con ácido por razones de género.

De trata de una adición a los artículos 412-A y 412-B.

Foto: Congreso 64 Oaxaca

¿De qué se trata?

A partir de lo aprobado, quien agreda a una mujer con agentes físicos, químicos o sustancias corrosivas cometerá el delito de alteraciones a la salud por razones de género.

En este caso, al autor material de la agresión se le castigará con hasta 30 años de prisión.

Sin embargo si entre el agresor y la víctima existió una relación de parentesco, afinidad, matrimonio, concubinato o noviazgo, la pena podría irse a entre 30 y 40 años de cárcel.

En el caso de que el ataque cause destrucción de cualquier función orgánica, daño permanente o deformidad incorregible en el rostro de la víctima, las penas aumentarán hasta en dos tercios de la máxima.

La modificación llega al capítulo del Código Penal denominado “Delitos Contra el Derecho a una Vida Libre de Violencia”.

“Existirán razones de género, cuando el daño se cometa por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia, existan indicios de violencia de cualquier tipo y ámbito en contra de la víctima por parte del sujeto activo, datos de acoso u hostigamiento sexual en contra de la afectada y que haya sido incomunicada o privada de su libertad”, se lee.

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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