Rapidito y como va. El 10 de marzo diputados de Morena presentaron una iniciativa ante el pleno para “interpretar” el alcance del concepto de propaganda gubernamental que aparece en la en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en la Ley Federal de Revocación de Mandato
El chiste no era cambiar la ley electoral, según dijeron, sino interpretar cuándo un funcionario podía hacerle propaganda a la consulta de revocación de mandato. 7 días después, este 17 de marzo, el proyecto aprobado por el Congreso ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
¿Qué significa? Que a partir de ahora, el presidente o cualquier funcionario podrán promocionar o hablar de la consulta de revocación sin tanto rollo.
¿Qué aprobaron sobre la consulta de revocación?
Para empezar, el proyecto que ya fue aprobado por la mayoría oficialista de ambas Cámaras explica que el concepto de propaganda gubernamental es:
“El conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, por un ente público (poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público), con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población […]”
Pero ojo aquí, especifica que NO son propaganda gubernamental las expresiones de servidores públicos, ni información de interés público que se difunde por cualquier formato por los funcionarios.
La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública define información de interés público como información que “resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados”.
En este mismo sentido, lo publicado en el DOF establece que las sanciones aplicadas para las personas servidoras públicas que se vuelen la ley, no podrán aplicarse “por analogía o mayoría de razón”.
Y a pesar de que la oposición saltó en contra de la iniciativa y argumentó que Morena y sus aliados querían modificar la ley electoral y la Constitución bajo el pretexto de una interpretación, el asunto se votó y se aprobó en la Cámara de Diputados el 10 de marzo y en el Senado este 17 de marzo.
En el Senado, la oposición reventó la sesión en la que se discutía el asunto no emitiendo sus votos, con lo que no se alcanzó el quórum necesario. Si a eso le sumamos que varios legisladores de Morena y de sus aliados faltaron a la votada, el asunto se puso color de hormiga.