En medio de las recientes protestas por los atropellamientos de ciclistas y la necesidad de garantizar la seguridad de los peatones —así como de las personas que usan la bici como medio de transporte— en CDMX se publicaron dos decretos por el que se reformó (cambió) el Reglamento de Tránsito capitalino.
¿De qué va?, ¿hay nuevas reglas para los conductores y las conductoras? Pues, básicamente lo que las autoridades buscaron con estos decretos es intentar bajarle a los niveles de impunidad vial y proteger a las personas más vulnerables en la vía pública. Van algunos datos que son importante conocer.
Gaceta Oficial 04-02-2021. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito; enlace dónde consultar lineamientos de operación de “Apoyo emergente de Alimentos Escolares 2021”.https://t.co/6YF4COPWfc pic.twitter.com/jLiNO1d0uW
— ConsejeríaCDMX (@CDMXConsejeria) February 4, 2021
Cambios en el Reglamento de Tránsito CDMX
A grandes rasgos, se trata de cuatro puntos o cambios que van desde reforzar las penalizaciones hasta el programa Conduce sin Alcohol.
Vamos con la primera:
Evitar la discrecionalidad. Para evitar las mordidas o los moches en las sanciones a infractores, las autoridades deberán aplicar las multas de acuerdo con el tabulador actual. ¿Esto qué quiere decir? Que la policía no podrá calcular a ojo de buen cubero el monto de una sanción por faltas al Reglamento de Tránsito.
Aquí la poderosa, será conforme al tabulador.
Las infracciones. Las penalizaciones serán más estrictas con los ciudadanos o las ciudadanas que reincidan en sus faltas al reglamento —que hayan acumulado cinco o más infracciones— así como con los conductores de vehículos con placas foráneas que hayan cometido una infracción.
El Reglamento de Tránsito permite que estos vehículos sean remitidos a depósitos e igual que se levante una sanción económica a los conductores y de una vez, si tienen adeudos, en ese momento deberán pagarlos.
Además, ojo aquí, porque el criterio de reincidencia entrará en vigor a partir del 15 de marzo.
El tercer punto está relacionado con el Programa Conduce sin Alcohol o el Alcoholímetro. Se supone que a partir de la publicación de estos decretos en la Gaceta Oficial de CDMX (o sea, el 4 de febrero), los vehículos de los infractores en este programa serán llevados directamente al depósito vehicular, sin dar chance a que un acompañante pueda manejar el vehículo.
En este caso, las autoridades regresarán el auto su dueño, una vez que cumpla con su estancia en el Torito —el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social.
Además, el dueño del auto deberá cubrir con las multas pendientes que haya para que el vehículo pueda ser liberado.
Otra cosa a considerar es que el Reglamento de Tránsito permite al personal operativo —la policía— hacer una revisión documental del vehículo y, en dado caso, infraccionar al conductor o la conductora que no lleve los papeles necesarios para conducir la unidad.
Va de nuevo: eso es en el Alcoholímetro que, de acuerdo con las autoridades, contará con mayor presencia de los policías de la SSC (Secretaría de Seguridad Ciudadana) así como de grúas.
Si quieres echarle un ojo a los cambios en el Reglamento de Tránsito, AQUÍ te dejamos el enlace.