El Sistema de Transporte Colectivo dio a conocer, este 18 de noviembre, que publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el acuerdo con el que se informa la reapertura de negocios que están al interior de las estaciones del Metro. Aunque señalaron que los únicos comercios que podrán hacerlo, son los que cumplen con sus obligaciones económicas y documentales.
¿Qué deberán cumplir estos negocios del Metro?
Los dueños de los negocios deberán cumplir con los Lineamientos, Normas, Guías y/o Protocolos de Protección a la Salud, conforme a los “Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México”, que les correspondan de acuerdo al giro comercial que realicen. Estos se encuentran en la siguiente página: https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/.
Por otra parte, también tendrán que poner en un lugar visible la Carta Compromiso para dar a conocer que cumplen con las medidas sanitarias que establece el gobierno capitalino y con las condiciones que están en los Lineamientos, Normas, Guías y/o Protocolos de Protección a la Salud.
Además, antes de reabrir los negocios, los dueños deberán pedir por escrito a la Subgerencia de Administración de Permisos Administrativos Temporales Revocables (PATR), la autorización para limpiar, sanitizar, acondicionar, ingresar o retirar mobiliario y equipo; o de lo contrario se harán acreedores a sanciones conforme al mismo Reglamento.
¿Qué sanciones habrá para los negocios que no cumplan con esto?
De acuerdo con el Metro, el incumplimiento de lo anterior, podrá hacer acreedor al dueño del comercio de la suspensión de actividades indefinida. Solo se le permitirá reanudar hasta que subsane la infracción, previo consentimiento de la Subgerencia de Administración de PATR.
Igualmente, recordaron que el 16 de junio se determinó la Condonación de Pagos a permisionarios como un beneficio por la inactividad comercial durante la contingencia sanitaria; sin embargo, indicaron que ya no tendrá efecto, pues deberán pagar su contraprestación mensual a partir de enero de 2021, dentro de los primeros cinco días; o de lo contrario, se harán acreedores a multas y recargos.
Finalmente, indicaron que quienes necesiten asesoría y orientación, podrán llamar al número 56 27 45 21. Igualmente, recordaron que los derechos de los permisionarios son intransferibles, por lo que el Metro no reconoce la figura de representantes ni de asociaciones.
Este miércoles, el #STCMetro publicó en la Gaceta Oficial de la CDMX, el acuerdo de la reapertura de locales comerciales ubicados al interior de la Red, que cumplan con las medidas sanitarias y se encuentren al corriente en sus pagos. pic.twitter.com/sHlo2nP8XZ
— MetroCDMX (@MetroCDMX) November 18, 2020