Lo que necesitas saber:
En sesión nocturna, el Senado de la República aprobó la llamada "supremacía constitucional".
Como ayer les contábamos, se le autorizó a la presidenta Claudia Sheinbaum no acatar la orden de eliminar la reforma al Poder Judicial, y horas más tarde, ya en la noche mientras muchos dormíamos, el Senado de la República aprobó la llamada “supremacía constitucional”, por lo que acá les queremos contar qué es y qué tiene que ver con la polémica iniciativa que ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Aprobaron la supremacía constitucional
Como lo anunció el mismísimo Senado en sus redes sociales oficiales, aprobaron de volada, en lo general y en lo particular, la llamada supremacía constitucional, con 85 votos a favor y 41 en contra, en una sesión en la que hubo gritos, pancartas, acusaciones y hasta saludos a las señoras madres de los legisladores de Morena y sus aliados, y de vuelta a los de los partidos que conforman la oposición.
Y tal y como lo señalaron en un comunicado, la tirada de esta reforma es modificar los artículos 105 y 107 de la Constitución, con el principal objetivo de que no se permitan controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que busquen oponerse a futuras adiciones o reformas a la también llamada Carta Magna.
Sí, se trata de una iniciativa que presentaron senadores y diputados de Morena desde el pasado martes 22 de octubre y que tiene como blanco principal que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de los tribunales de la república, no puedan revisar las reformas que se hacen a la Constitución.
¿Qué es la supremacía constitucional?
Pero, ¿qué rayos es la supremacía constitucional? Como menciona la Cámara de Diputados, la supremacía constitucional no es otra cosa que un principio del sistema jurídico que establece que existe una jerarquía donde la Constitución es la ley suprema, la que señala las atribuciones y los límites a la Federación y a los estados; la que contiene las normas primarias que deben regir sí o sí para todos en el país, sean gobernantes o gobernados; y a partir de la cual se crearán las demás disposiciones.
Peeero… en este sistema de supremacía constitucional, se establecen mecanismos como los tribunales o cortes, que revisan y controlan la constitucionalidad de las leyes.
Sí, son estos organismos los que se avientan la chamba de revisar la Constitución y de asegurarse de que se cumpla, de que ninguna acción contradiga lo que en ella se dice. Algo que con la reforma aprobada en el Senado, se eliminaría.
¿Qué modificaciones se plantean con la reforma?
Según el proyecto de reforma que presentaron Adán Augusto López, Gerardo Fernández Noroña, Ricardo Monreal y Sergio Gutiérrez, miembros de Morena, en un inicio se plantearon las siguientes modificaciones a la Constitución:
- Cambio al segundo párrafo del artículo 1: Éste, actualmente, señala que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales favoreciendo siempre a las personas. Sin embargo, con la reforma, se plantea que en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad.
- Modificación al artículo 103: Quedarían exceptuadas de lo dispuesto en las fracciones anteriores, las reformas y adiciones a esta Constitución, su forma, procedimiento y fondo, contra las que no cabe juicio o recurso alguno, en ningún caso.
- Se agrega un último párrafo al artículo 105: Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución, incluyendo su proceso deliberativo, legislativo y correlativa votación, así como aquellas que busque controvertir las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral.
- Reforma al primer párrafo del artículo 107: No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución incluyendo su proceso deliberativo, legislativo y correlativa votación así como aquellas que busquen controvertir las resoluciones de las autoridades competentes en materia electoral.
Peeero… Al final, en la Cámara de Senadores, sólo se aprobaron las reformas a los artículos 105 y 107 de la Constitución Política, ya que resultaron polémicas las modificaciones propuestas a los artículos 1 y 103.
¿Qué tiene que ver la reforma al Poder Judicial?
No hay que rascarle mucho; esta supremacía constitucional, con la cual se busca que los tribunales y cortes no intervengan en las reformas constitucionales, se vio impulsada principalmente por la reciente intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la reforma del Poder Judicial.
Tal y como les contábamos ayer, la Suprema Corte mandó una orden a la presidenta Claudia Sheinbaum de que eliminara la publicación de la reforma del Poder Judicial del Diario Oficial de la Federación.
Sin embargo, el Senado se metió en la discusión y autorizó a la mandataria a no acatar este amparo, dándose una lucha entre los tres poderes de la nación: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Algo totalmente inédito y que expertos señalaron que caía en lo ilegal.
En fin… Ahora, con la aprobación de la supremacía constitucional, el tema pasará a la Cámara de Diputados, donde seguramente seguirán los catorrazos.