Y que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se nos pone ruda y les exige a las aerolíneas que dejen de cobrar una tarifa extra por equipaje de mano o les indicaron que se podrían enfrentar a acciones legales en su contra.
Profeco le pide a aerolíneas que dejen de cobrar por equipaje de mano
Por medio de un comunicado de prensa, como casi siempre, la Profeco pidió a las aerolíneas AeroMéxico, Viva Aerobús y Volaris que paren “el cobro indebido” que hacen por equipaje de mano, pues señalaron que podrían enfrentarse a varias acciones legales.
Así es, este llamado de la Procuraduría viene luego de monitoreos a las páginas de las aerolíneas, con los cuales se dieron cuenta que realizan “prácticas abusivas” con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y estableciendo cargos extra.
“Lo anterior, se considera, podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores”, agregó la dependencia.
¿A qué acciones legales podrían enfrentarse las aerolíneas?
Según la Profeco, si las aerolíneas mencionadas no hacen caso a este llamado, podrían enfrentarse a algunas acciones legales; por ejemplo, emitirán una alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley.
Y es que, de acuerdo con el artículo 47 Bis, fracción IX, tercer párrafo de la Ley de Aviación Civil, “… el pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los diez kilogramos…”.
Además, explicaron que, respetando lo que señala la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ellos determinan que el equipaje de mano es “un elemento inherente al servicio de transporte aéreo”, pues consideran que el pasajero necesita “ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino”.
Por estas razones, pa’ finalizar, la Profeco indicó que la práctica de estas aerolíneas de cobrar por el equipaje de mano, podría considerarse abusiva; ” su cobro como un servicio adicional es indebido, ya que el mismo no está sujeto a negociación”, sentenciaron.