¿Para vacaciones de Semana Santa planeas un pedir un préstamo? Piénsalo dos veces, de no pagar tu cheque podría verse forzosamente reducido.

Pese a que muchos bancos ofrecen facilidades de créditos, para que el trabajador promedio pueda “realizar sus sueños”, sólo es el lado amable de la moneda, ya que apenas hace unos días la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio el visto bueno a una nueva medida que se le aplicará a todo deudor moroso.

El pasado 26 de marzo se avaló el embargo a parte del salario de aquel trabajador que sea deudor de algún banco o acreedor privado para cubrir adeudos pendientes, esto previo litigio que se resuelva en favor de la empresa privada o persona física.

El valor que se le podrá mochar al salario  “sólo será procedente respecto del 30 por ciento del excedente del salario mínimo del trabajador”. Es decir, en caso de que seas de esas escazas personas que perciben 10 mil pesos al mes, se te podrán quitar hasta 2 mil 295 pesitos, los cuales se irán directo al pago de tu deuda.

En caso de que el deudar tenga ya embargado el salario por causa de una pensión alimenticia: “la limitante o protección del mínimo vital, en proporción del 30 por ciento, será aplicable a la parte excedente del salario mínimo que no se encuentre afectada por tal pensión”.

Esta medida modifica lo estipulado en el artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo y acaba con el criterio legislativo que desde 1938 consideraba sagrado el salario mexicano, al decretar que no podía ser embargado -salvo en caso de pensiones alimenticias-, tomando como base el artículo 123 de la Constitución –apartado A- donde se dictaba que el salario mínimo está exceptuado de embargo, compensación o descuento.

Lo aprobado por la SCJN se suma a las muchas disposiciones promulgadas por Enrique Peña Nieto con su reforma fiscal a principios de año, donde se otorgó más facilidades a los bancos para recuperar créditos otorgados… entre muchos otros detalles.

Así que a pagar deudas… o aunque no puedas, será a la de a fuerzas, ya que esta decisión tiene valor de jurisprudencia y deberá ser aplicada a la de ya en todos los tribunales del país.

*Vía m-x.com.m, La Jornada, Noticieros Televisa

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