Recientemente, los diputados y diputadas del Congreso de Oaxaca aprobaron reformas al Código Penal estatal para castigar hasta con 40 años de prisión a quien ataque a una mujer con ácido por razones de género.
De trata de una adición a los artículos 412-A y 412-B.
¿De qué se trata?
A partir de lo aprobado, quien agreda a una mujer con agentes físicos, químicos o sustancias corrosivas cometerá el delito de alteraciones a la salud por razones de género.
En este caso, al autor material de la agresión se le castigará con hasta 30 años de prisión.
Sin embargo si entre el agresor y la víctima existió una relación de parentesco, afinidad, matrimonio, concubinato o noviazgo, la pena podría irse a entre 30 y 40 años de cárcel.
En el caso de que el ataque cause destrucción de cualquier función orgánica, daño permanente o deformidad incorregible en el rostro de la víctima, las penas aumentarán hasta en dos tercios de la máxima.
Diputadas y diputados de la #LXIVLegislatura aprobaron reformar el Código Penal con lo que ahora agredir con un agente químico o sustancia corrosiva es un delito en #Oaxaca y se castigará con hasta 40 años de prisión.
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— Poder Legislativo Oaxaca (@CongresoOaxLXIV) March 5, 2020
La modificación llega al capítulo del Código Penal denominado “Delitos Contra el Derecho a una Vida Libre de Violencia”.
“Existirán razones de género, cuando el daño se cometa por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia, existan indicios de violencia de cualquier tipo y ámbito en contra de la víctima por parte del sujeto activo, datos de acoso u hostigamiento sexual en contra de la afectada y que haya sido incomunicada o privada de su libertad”, se lee.