Esos señores románticos de Oaxaca que buscan apantallar a las mujeres con su florido lenguaje o con su habilidad para parar la trompa y sacar silbiditos, tienen a partir de ahora más razones para guardarse esas “habilidades”… o menos que quieran parar en el bote.
El Congreso de Oaxaca decidió realizar algunos ajustes al Código Penal del Estado para imponer sanciones a quienes saquen a relucir expresiones verbales o gestuales (los clásicos piropos), así como silbidos con intención sexual.
Si los piropos y silbidos ya están en el campo de las acciones a ser sancionadas, con mayor cuando la persona acerque su acusadora humanidad hacia la víctima. Es decir, cuando haya roces o tocamientos de por medio.
De acuerdo con el boletín publicado en la página Facebook de la LXIV Legislatura del Congreso de Oaxaca, el “delito se castigará con prisión de dos y hasta cuatro años, y multa de cien a doscientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Además, la pena aumentará hasta en una tercera parte cuando se cometa por dos o más personas, y cuando exista seguimiento y persecución”.
Como muchos de los acosadores no respetan edades o jerarquías, los legisladores tomaron previsiones que se aplicarán cuando la víctima sea una persona menor de 18 años o cuando el agresor sea un servidor público. En primer caso, las denuncias podrán ser por parte del responsable de la persona; este segundo, se procederá a destituir al agresor de su cargo o empleo.
Oaxaca con grave incremento de delitos sexuales
Aunque ni era necesario justificar más sanciones contra los acosadores, los legisladores sutilmente dejaron ver que esta medida contra los piropos y silbidos busca ser una forma de prevenir futuros delitos de mayor gravedad.
De acuerdo con números del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los últimos tres años los delitos sexuales en Oaxaca han aumentado 200%.
Oaxaca aprueba hasta 40 años de prisión a quien ataque a una mujer con ácido
El aumento no sólo es en número, sino en nivel de violencia. Por esta razón, en marzo pasado se aprobó castigar con hasta 40 años de prisión los ataques con ácido en contra de mujeres por razones de género.
“Existirán razones de género, cuando el daño se cometa por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia, existan indicios de violencia de cualquier tipo y ámbito en contra de la víctima por parte del sujeto activo, datos de acoso u hostigamiento sexual en contra de la afectada y que haya sido incomunicada o privada de su libertad”, señala la modificación al Código Penal.