Lo que necesitas saber:

En caso de ser entregado, Jorge Glas sería enviado a un tercer país... y, si Ecuador no lo quiere así, todavía tiene la opción de entregarlo en asilo a un país que no sea parte de la convención de Caracas, a la cual México y Ecuador están suscritos.

En el capítulo anterior del agarrón entre México y Ecuador, los gobiernos de ambos países presentaron sus respectivas y nada emocionantes denuncias ante la Corte Internacional, exponiendo sus posicionamientos sobre lo sucedido en abril en la embajada de México en Quito, cuando las fuerza ecuatorianas irrumpieron para detener al exvicepresidente Jorge Glas… y ya. 

Así que, como nada se ha movido, México recurre a los tratados internacionales para exigir la entrega del susodicho.  

El exvicepresidente de Ecuador, Jorge David Glas Espinel / Foto: facebook/JorgeGlasEspinel

SRE pide salvoconducto para Jorge Glas

Por medio de un comunicado, el gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), le pide a su similar de Ecuador un salvoconducto en favor del exvicepresidente Jorge Glas. Es decir, que si por favor le entrega al mencionado… ya que, si recuerdan, la 4T ya le había ofrecido asilo político, cosa que le valió gorro al gobierno de Daniel Noboa, quien mandó a irrumpir en la embajada mexicana para ejecutar la detención del exfuncionario, bajo la justificación de que éste cuenta con una sentencia condenatoria por corrupción.

Por cierto, un tribunal de Ecuador calificó la detención de Glas como irregular y arbitraria… pero eso no cambió la decisión del gobierno de Noboa. Y, bueno, todo esto ha llevado a una ruptura de relaciones diplomáticas entre México y Ecuador, las cuales no se han podido restituir (y pintan para seguir así).

Jorge Glas tendría que ser entregado a un tercer país

Pero bueno, la solicitud de entregar a Jorge Glas no es una ocurrencia, sino con base en los acuerdos que México y Ecuador han suscrito. Específicamente, en términos de los artículos IX, XII y XIII de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 (Convención de Caracas). Así que, si el gobierno de Noboa respeta el tratado vinculante, deberá entregar a Jorge Glas… y no para que éste llegue a México, sino para que sea trasladado a un tercer país, que es lo que marca el artículo XIX de la convención mencionada.

Jorge Glas, exvicepresidente de Ecuador / Captura de pantalla

Y sí. Dicho artículo señala que “si por causa de ruptura de relaciones el representante diplomático que ha otorgado el asilo debe abandonar el Estado territorial, saldrá aquel con los asilados”. Es decir, cuando la representación mexicana salió de Ecuador, debió de haber salido con Jorge Glas incluido… pero bueno, como no pasó así, entonces, continúa el referido apartado de la convención: “si por motivos ajenos a la voluntad de los asilados o del agente diplomático [no sucediera lo anterior, entonces], deberá éste entregarlos a la representación de un tercer Estado Parte en esta Convención, con las garantías establecidas en ella”.

Pues bien, en lo que Ecuador otorga el salvoconducto en favor de Jorge Glas, la SRE pide que el gobierno de Noboa lo vaya sacando de la cárcel y lo lleve a un lugar seguro, sobre todo, porque se sabe que el exvicepresidente está delicado de salud. Hasta el momento el gobierno de Ecuador no ha respondido a la solicitud de México… pero seguro acepta, ¿verdad?

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