Esta tarde en el pleno del Senado, se aprobó la reforma a la Ley General de Salud.
¿Qué implica?
Que ahora los médicos pueden negarse a realizar prácticas que vayan en contra de su ética profesional.
Lo que se hizo fue añadir el artículo 10 Bis a dicha ley, en materia de objeción de conciencia. La modificación ya fue enviada al Ejecutivo federal.
El senador José Luis Preciado, del PAN, defendió dicha iniciativa de modificación porque ve por los derechos de los médicos a poder abstenerse de realizar procedimientos con los que no está de acuerdo, como la eutanasia.
“Está en discusión si un médico o enfermera toma o no la decisión de realizar una práctica de eutanasia, de aborto de o cualquier otro procedimiento médico”señaló.
Es decir, que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios.
Entonces dicha reforma indica que el ejercicio de la objeción de conciencia no va a derivar en ningún tipo de discriminación laboral.
Sin embargo, el dictamen aclara que no podrá invocarse la objeción en un momento en el que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, de lo contrario se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional.
📄 Senado aprueba derecho de personal médico a la objeción de conciencia. https://t.co/IwIHn1G85H
— Senado de México (@senadomexicano) 23 de marzo de 2018
Claro que al ser una discusión delicada no todos estaban de acuerdo.
El senador Alejandro Encinas señaló que el dictamen no está apegado al debido proceso legislativo, por lo que los médicos y enfermeras del país pueden manifestarse sobre el tema de la objeción de conciencia ya que presentarán un amparo.
Agregó que con la modificación, se están violando diversos artículos constitucionales referentes a la laicidad del Estado y a la garantía de derechos humanos de los mexicanos.
Puedes pasar a echarle ojo al comunicado del Senado aquí.
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