**Actualización

La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que la discusión del amparo contra los artículos 189 y 190 de la #LeyTelecom se pospondría hasta el próximo miércoles 27 de abril. A continuación pueden leer por qué no debemos de dejar que dichos artículos sean aprobados.**

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tomará una decisión sobre el el amparo en contra de los los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley Telecom) que crea un registro de todos nuestros movimientos y comunicaciones y permite al gobierno acceder sin orden de juez a nuestros datos personales, una clara violación al derecho de privacidad.

Bajo el título “De la colaboración con la justicia”, el título octavo de dicha ley que componen los artículos 189 y 190 obliga a los concesionarios de telecomunicaciones, proveedores de servicios, de aplicaciones y contenidos a colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia a brindar información sobre la localización exacta, en tiempo real, de las personas a través de sus celulares y también a permitir el acceso a una base de datos que contiene los detalles de todas las comunicaciones realizadas (metadatos) por los usuarios en el transcurso de los ÚLTIMOS DOS AÑOS a estas instancias gubernamentales.

La creación de estos artículos se excusa en que “resultaría una herramienta sumamente útil parara facilitar investigaciones criminales”, pero, nosotros nos preguntamos ¿Qué tan útiles son los megadatos en estos casos?. Está comprobado de que esta clase de espionaje no ha ayudado en nada a prevenir actos criminales o terroristas como los perpetrados en Estados Unidos, París o Bélgica.

Preocupadas por esta situación un conjunto de organizaciones tanto nacionales, como internacionales, entre ellas la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), presentaron un amparo en contra de estos artículos, amparo, que, instituciones autónomas como la CNDH no se han preocupado por impulsar y que está próximo a resolverse.

¿Qué pasaría si la Suprema Corte de Justicia aceptan dichos artículos?

Para empezar perderíamos uno de los derechos humanos más importantes que tenemos, el derecho a la privacidad, además de que nos enfrentaríamos a un gobierno que en vez de proteger la seguridad, la pondría más en riesgo, más ahorita por la clara crisis de derechos humanos a la que nos enfrentamos.

La #LeyTelecom no es clara en señalar cuáles son las autoridades que pueden solicitar nuetros datos, monitorear tu ubicación o intervenir en tus comunicaciones privadas, no detalla en qué casos específicos se puede hacer uso de ellos y tampoco informa sobre que haya un requisito de autorización judicial para la orden de vigilancia. Por lo tanto estos artículos resultan inconstitucionales, pues de acuerdo con el artículo 16 de la CPEUM :

“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”. “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como manifestar su oposición en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de los datos (…)”.

Al sugerir que no sería necesaria una orden judicial para solicitar datos personales de los ciudadanos, los artículos 189 y 190 prácticamente están violando todo el artículo 16 de la constitución.

Al no haber una orden judicial que avale la solicitud de datos, las instancias gubernamentales podrían saber detalles de nuestra vida privada, aún cuando no hayamos hecho nada sospechoso y sin informarnos. Sin ningún control sobre la solicitud y ninguna vigilancia sobre quienes nos vigilan, existe el riesgo de facilitar el mercado de datos, ¿Cuántas personas estarían dispuestas a pagar datos?, políticos, organizaciones criminales y delincuentes serían los primeros en la fila.

Esto también pone en riesgo a los periodistas, a los defensores de los derechos humanos, así como a los grupos opositores del gobierno, pues se tendría la facilidad para saber quiénes son, cómo se organizan y de esta manera poder ejercer un mayor control sobre ellos,  perdiendo otro derecho: la libertad de expresión.

También perderíamos todo el control sobre nuestras redes sociales. De acuerdo con el artículo 189 de la #LeyTelecom tus datos pueden ser solicitados a las empresas que proveen servicios a través de las telecomunicaciones, o sea Facebook, Twitter y Google. Estaríamos vigilados completamente.

¿Cómo se presentan los metadatos?

El mejor ejemplo que podemos utilizar sobre cómo son usados los metadatos es el del político alemán Malte Spitz. En el verano del 2006 la comisión de la UE presentó la directiva de retención de datos. Esta directiva decía que cada compañía telefónica europea y cada proveedor de internet de toda Europa tenía que almacenar un amplio rango de información de los usuarios, a quién llamaban, a quién enviaban mails y su localización, toda esa información se almacena por al menos seis meses y hasta dos años. Toda Europa se manifestó diciendo que no aceptaba la retención de datos.

Pero Spitz fue más allá, él se preguntó como funcionaba eso, así que le pidió a su compara telefónica Deutsche Telekom, la más grande de Alemania en ese entonces, toda la información que tuvieran sobre él. La compañía solo le daba largas, pero él se empeñó en obtener los datos y los demandó, al final llegaron a un acuerdo él retiraría la demanda y ellos le enviarían sus datos .

Al poco tiempo recibió un cd que contenía 35, 830 línea de código que contenían un informe detallado casi minuto a minuto de medio año de su vida, donde podían ver qué hacía, dónde dormía y con quién hablaba. Para mostrar a todos como funcionaban decidió hacer esos datos públicos y junto con Zelt Online y Data City hicieron una página en donde se pueden visualizar los seis meses de su vida. En esta página pueden ver una línea del tiempo que detalla las rutas que siguió durante ese tiempo, así como las llamadas que realizó.

Es sumamente importante que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconozca la inconstitucionalidad de dichos artículos y defienda nuestro derecho a la privacidad y protección de nuestros datos.

Un tema sin duda que nos atañe a todos los ciudadanos, ¿se imaginan que nuestros datos personales estén a disposición total del gobierno?, ¿Cuánto crecerían los evidentes abusos hacia la población?, ¿Con qué fin usarían nuestros datos personales?, ¿Quién se haría responsable por el mal uso de estos datos?. Por eso es importante informarse, pronunciarse en contra y decir NO a los artículos 189 y 190 de la #LeyTelecom.

Si quieres hacer saber a la Suprema Corte de Justicia tu oposición a esta ley, sólo debes enviar un tuit en el que arrobes a la SCJN con tu punto de vista y el hasthag #LeyStalker.

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