Fernando Silva García, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, concedió un amparo en contra de la Ley de Seguridad Interior, presentado por el bufete Tierra y Libertad, al considerar que su contenido es “inconstitucional”.
En la sentencia, el juez indicó que el que las fuerzas armadas realicen tareas de seguridad pública representa “un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas”.
“La Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa frente al sistema normativo de la Ley de Seguridad Interior que incorpora a las fuerzas armadas en las funciones relativas a la seguridad interior en tiempos de paz”, continúa en su sentencia.
Por otro lado, la juez Noveno de Distrito en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, también concedió un amparo en contra de esta ley a favor de una organización defensora de los derechos humanos.
“Por el hecho de su actividad que los vuelve susceptibles al escrutinio del poder estatal, con motivo de las labores de promoción y protección de derechos humanos; máxime que su línea de acción versa sobre derechos políticos y temas relacionados con democracia y ciudadanía”, indicó la juez.
Sin embargo, la juez también apuntó que algunos de los artículos violan los derechos humanos, ya que no sólo afectan a quienes solicitaron el amparo, sino a toda la población, según reporta El Universal.
La Ley de Seguridad Interior, promulgada por el Presidente Enrique Peña Nieto el 21 de diciembre de 2017, define los casos en los que las Fuerzas Armadas podrán participar en cuestión de seguridad pública, así como determina en qué situaciones pueden intervenir los militares.
La promulgación de esta ley trajo duras críticas al presidente; una de ellas, de Jan Jarab, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien calificó que la ley promueve “el sometimiento de la autoridad civil al mando militar”, así como el “papel indebido de las Fuerzas Armadas” y la “indebida protección y garantía de los derechos humanos”.