Aunque, por sentido común, el hecho de compartir el pack sin consentimiento, difundir las imágenes o aplicar el acoso digital son acciones que vulneran los derechos de la persona implicada; en nuestro país no existe una legislación que castigue, prevenga y combata la violencia digital. Sin embargo, hay avances como su tipificación en los códigos penales de 14 estados. Y la noche de ayer, en la Cámara de Diputados se dio un gran paso: la Ley Olimpia avanzó a nivel Federal.
Con 400 votos a favor, los diputados aprobaron modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ¿Eso qué significa? Que la violencia digital será considerada como un delito y agresión. Estos cambios tomaron impulso gracias a la llamada Ley Olimpia.
¡Ya no más packs! 📲
Hoy regresamos a las actividades normales dentro de la Cámara de Diputados donde hoy votamos a favor de la #LeyOlimpia, con esto establecemos la violencia digital como agresión contra las mujeres ¡El ciberacoso será sancionado! #JuntosTransformamos pic.twitter.com/JQKpD4IZk7— Paloma Querida (@ssimey) November 27, 2019
Los cambios en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Como mencionamos, estos cambios son importantes ya que a nivel federal —es decir, en tooooodo el país— no se penalizaba la violencia digital. Pero gracias a la activista Olimpia Coral estas modificaciones han cobrado impulso y, por lo pronto, la Cámara de Diputados añadió el concepto de violencia digital en el Artículo 6 Fracción VI del Código Penal Federal:
“Violencia digital. Es cualquier acto que se presenta a través de las tecnologías de la información y comunicación, plataformas de internet, redes sociales o correo electrónico o cualquier otro espacio digitalizado que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño o sufrimiento psicológico, físico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, así como daño moral a ellas y/o su familia”.
Se supone que queda señalado el acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, violación de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alterada como un delito.
¡Lo logramos!
Después años de esperar esta noticia.#LeyOlimpia Se aprobó la Naciona, se reconoce la #ViolenciaDigital como modalidad en la LGAMV ahora la violencia virtual también se reconoce como real.
Gracias hermanas, diosas💜
Gracias @Mx_Diputados@SororidadFrente pic.twitter.com/vo2Gu69F6W— Olimpia Coral (@OlimpiaCMujer) November 26, 2019
Ley Olimpia
En 2013, Olimpia Coral fue víctima de la difusión de un video sexual —sin su consentimiento— en donde ella aparecía. El video fue compartido y hasta exhibido en páginas de Facebook y medios locales de Huachinango, Puebla.
Olimpia Coral se enfrentó a los señalamientos por parte de la población, a la presión social y el acoso que terminaron afectando su vida cotidiana y causaron daños psicológicos. La activista tomó conciencia y fuerza para impulsar una ley integral —Ley Omplipia— en Puebla.
Hay noticias:
Con 400 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones se ha aprobado la #LeyOlimpia a nivel nacional. pic.twitter.com/zPV56p1bbX— AJ+ Español (@ajplusespanol) November 26, 2019
Se trataba de tres reformas que pedían el reconocimiento de los delitos contra la intimidad —la difusión del contenido íntimo sin consentimiento, el ciberacoso —violencia sexual por internet— y una ley de acceso.
Esta última señalaba que las instituciones debían tomar conciencia sobre la definición de los derechos sexuales, la violencia y que lo hicieran saber a la población. Por ejemplo, el sexting: un derecho sexual que al ser compartido sin el consentimiento de las personas implicadas, se convierte en un delito.
🔴 Aprobamos tipificar el delito de violencia ejercida a través de las tecnologías de la información y la comunicación.
A propuesta de la compañera diputada @karinalabastida, se reforma el Código Penal mexiquense para sancionar de uno a 14 años, a quien cometa este delito. pic.twitter.com/tcbUOoksTE
— Diputados Morena Edomex (@GPMorenaEdomex) August 15, 2019
La iniciativa cobró fuerza con el acompañamiento de Olimpia Coral y activistas hasta que en Puebla fue una realidad —que alcanzó a otros 13 estado del país.
Ahora, el siguiente paso es que en la Cámara de Senadores se aprueben los cambios al Código Penal Federal y la Ley Olimpia sea un hecho en tooooodo el país —aunque con los parámetros de cada estado—, asegurando la vida libre de violencia digital tanto de mujeres como hombres.