¿Preocupante una ley que avala el uso de la fuerza a los cuerpos policiacos? Aunque los políticos digan que no pasa nada, en el Estado de México no son pocos los grupos activistas que han externado su preocupación contra la ahora llamada “Ley Eruviel” (antes “Ley Atenco”).

 Ya que representaría una carta abierta a la violación de derechos humanos, diversas organizaciones civiles se han pronunciado de cara a la posible aprobación de la ley que regula el uso de la fuerza por parte de las autoridades mexiquenses. Este aval sería por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual este lunes comienza con la discusión del proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán sobre la acción de inconstitucionalidad en contra de la mentada ley.

NOTIMEX/FOTO/JAVIER LIRA/JLO/POL/

‘‘La propuesta sentaría un precedente pernicioso al avalar disposiciones ambiguas y arbitrarias respecto del uso de la fuerza’’, señalaron las organizaciones en pronunciamiento conjunto. Por esto, solicitan a ministros que, para su decisión, se tome en cuenta el contexto social e histórico del país. Es decir, que se acuerden cómo se ponen de manchadas las autoridades cuando ejercen la fuerza contra civiles (cof, Atenco, cof).

Lo anterior, sobre todo, porque la disposición ofrece una vía libre para que los policías actúen en caso de manifestaciones públicas y eventos en los que, a su criterio, se atente contra el orden público. Muy ambiguo el asunto, por lo que se pide que las normas sean claras y establezcan límites, con el fin de no dar cabida a interpretaciones arbitrarias.

La anteriormente conocida como “Ley Atenco” prevé que, a consideración de las autoridades, una protesta podría ser digna de ser calmada a punta de guamazos… ¿Qué elementos podría tener una protesta para tal respuesta? Pues si ellos ven que los manifestantes se expresan con amenazas, intimidan o emprenden alguna acción para obligar a que se acepten sus demandas, ahí es cuando se “procederá” a mostrarles la dura realidad.

Y ni modo, así dice la ley: “Cuando en una asamblea o reunión, las personas se encuentren armadas o la petición o protesta ante la autoridad se exprese con amenazas para intimidar u obligar a resolver en un sentido determinado, se considerará que dicha asamblea o reunión es ilegal y se procederá”, reza el artículo 15 de la norma que se pretende aprobar.

Si bien, admiten las organizaciones, el proyecto de sentencia retoma estándares internacionales sobre el uso de la fuerza como último recurso “contra” manifestantes, se apunta que aún existen aspectos que dejan carta abierta para la violación de los derechos humanos.

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