Para que el máximo mandatario pueda ser juzgado en caso de ser cachado en transas, corruptelas y cualquier acto que viole la Constitución o las leyes que emanen de su encargo, senadores del PAN propusieron que sean reformados los artículos 108 y 110 constitucionales. De darse esto, el presidente podría ser objeto de juicio político durantes y hasta tres años después de finalizado su mandato, como cualquier otro funcionario público… claro, esto por si en el futuro nos llega un Ejecutivo bien corrupto, cosa que hasta ahora no ha sucedido, je, je.
“Al señor presidente de la República no se le puede tocar ni con un pétalo de una rosa”, denuncian en el Senado; promueven #JuicioAlPresidentehttps://t.co/CucSxZBGRB
— AnimalPolitico.com (@Pajaropolitico) 8 de diciembre de 2017
La iniciativa corre por cuenta de los senadores blanquiazules Juan Carlos Romero Hicks, Víctor Hermosillo, Ernesto Ruffo, Marcela Torres Peimbert y Fernando Búrquez, quienes aseguran que “el trato especial” que se le da a los presidentes ha propiciado que estos comentan actos corruptos de forma impune. “Se debe poner sobre la mesa que el presidente responda por violaciones a la Constitución, así como a leyes federales y ser sujeto de juicio político, como cualquier otro funcionario.
De acuerdo con el artículo 108 que se pretende reformar, durante todo su encargo el presidente de la República sólo puede ser acusado de traición a la patria y delitos graves del orden común… así, en caso de que se algún juez se aviente a procesarlo, en su artículo 111 la Constitución señala que al Ejecutivo “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.
Queremos acabar con el presidencialismo autoritario, proponemos una reforma constitucional para castigar los actos de corrupción del Presidente de la República, que no exista impunidad #JuicioAlPresidente pic.twitter.com/D5y3SPePxy
— Sylvia Martínez (@SenadoraSylvia) 7 de diciembre de 2017
¿Y qué dice el mentado art. 110? Ah, pues que en caso de haber violado gravemente a la Carta Magna o haber hecho manejo indebido de fondos y recursos federales, serán objeto de juicio político… pero la resolución será “únicamente declarativa y se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda”. Así, las sanciones contra los mandatarios transas sólo sería su destitución e inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público”… y ya.
Con lo anterior, los panistas señalan que el Ejecutivo sólo puede ser objeto de juicio penal (su único castigo es sólo dejar de robar… digo, chambear), sin que tenga responsabilidad política por sus actos indebidos. Así, México está a la altura de países como Venezuela y Cuba, donde tampoco existe el juicio político en sus legislaciones… a diferencia de Argentinay Brasil, en donde exmandatarios han sido llevados a proceso por corrupción. Además, según apuntó Romero Hicks, por casos como los que se han registrado sólo en este sexenio (ya saben, el Tren México-Querétaro, la Casa Blanca, Grupo Higa, Odebrecht, el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y el socavón Exprés de Cuernavaca) presidentes de otras naciones han caído. ¿Aquí por qué no? “El presidente tiene que predicar con el ejemplo porque la gente está harta y este es un paso importante para desmitificar la figura presidencial, que sola se ha venido deteriorando”.