Mucho se ha hablado de que en México, aunque el sistema penal acusatorio es respetuoso de los derechos humanos en teoría, la realidad es que al momento de aplicarlo en muchas ocasiones nomás no jala.

Hay cientos o miles de personas que están en prisión, con la medida de prisión preventiva oficiosa, por delitos menores. En ese tiempo en reclusión se sufren muchísimas violaciones a los derechos humanos y la cosa se pone peor cuando hablamos de comunidades con condiciones de vulnerabilidad.

En la Cámara de Diputados, la legisladora de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado, presentó una iniciativa para que en lugar de prisión preventiva oficiosa, se consideren otras medidas cautelares.

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Foto ilustrativa: Cuartoscuro.

Prisión preventiva oficiosa

Antes de continuar, hablemos de lo que es la prisión preventiva oficiosa.

En pocas palabras, se supone que ninguna detención ante la autoridad puede superar las 72 horas sin que sean vinculados a proceso. Si no hay evidencias en ese tiempo, el acusado seguirá el proceso en libertad. Sin embargo, el Ministerio Público puede pedir una cosa que se llama prisión preventiva para detenerlos más rato y que les de chance de investigar. La idea de esta medida es para que no se les escapen antes del juicio y para darle protección a las víctimas.

La prisión preventiva es agarrar a la persona acusada —palabra importantísima— de ciertos delitos y tenerla ahí, sin derecho a fianza, en lo que termina su juicio. Cuando le agregas la palabra oficiosa te empiezas a meter en broncas: la vista al bote se vuelve obligatoria y automática. El Ministerio Público ya ni siquiera la tiene que pedir.

Esto solo aplica para un catálogo de delitos que fue ampliado el año pasado.

¿Qué es la prisión preventiva oficiosa y por qué tiene que importarte?

Entonces, la propuesta es reformar el artículo 19 de la Constitución mexicana para que los delitos de robo de casa habitación, robo a transporte de carga y delitos cometidos con medios violentos como armas no ameritan prisión preventiva oficiosa pero sí medidas cautelares de manera oficiosa.

Hay 14 medidas cautelares que se pueden imponer además de prisión preventiva, como la presentación periódica, el retiro de pasaporte, resguardo domiciliario o bien portar un localizador electrónico.

En este sentido, Paola Saeb, de la Organización Comunitaria por la Paz, explica que cada persona en reclusión cuesta 60 mil pesos al mes, pero la renta de brazalete electrónico cuesta 10 mil pesos al mes. Desafortunadamente esta medida solo es viable para quien la puede pagar.

A grandes rasgos esta iniciativa tiene como objetivos no criminalizar la pobreza, despresurizar las cárceles, utilizar medidas cautelares que no dependan de la capacidad económica del imputado y que los jueces puedan imponer otras medidas cautelares que faciliten la reparación del daño a la víctima.

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