Este día, a través de un comunicado, el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) informó que ofrecerá prórrogas en el pago de las aportaciones correspondientes a los trabajadores que no cuentan con un crédito vigente.
A ver, a ver, ¿cómo?: Sí, las pequeñas y medianas empresas, o también conocidas como PYMES, con hasta 250 trabajadores, podrán obtener aplazamientos en los pagos del segundo y tercer bimestre hasta el mes de septiembre de 2020.
Mientras tanto, grandes empresas, con más de 250 trabajadores, podrán aplazar el pago del segundo bimestre hasta el mes de julio del presente año.
¡Abusados! Una vez que termine la prórroga, tanto pequeñas, medianas y grandes empresas, en caso de necesitarlo podrán solicitar el diferimiento de sus pagos hasta en 12 parcialidades sin exhibición de garantía, informó el Infonavit.
Por otra parte, las PYMES que celebraran convenios de pagos en parcialidades, antes de que iniciara la contingencia sanitaria por el coronavirus COVID-19, podrán aplazar las mensualidades hasta septiembre de este año.
Igualmente las grandes empresas que se encuentren en la misma situación podrán aplazar el pago de sus mensualidades hasta el mes de julio de este año.
El Infonavit además informó que si los empleadores hacen sus pagos dentro del plazo de la prórroga sólo tendrán que cubrir las actualizaciones correspondientes por la Ley y una tasa de recargo reducida al 0.01% desde la fecha original del pago y hasta que el mismo se realicé.
De acuerdo con el Infonavit, el beneficio de estas acciones para la conservación de las fuentes de empleo y la reactivación económica es de 26 mil pesos en el caso de las pequeñas y medianas empresas, y sumado al monto individual de los Créditos Solidarios a la Palabra que otorga el Gobierno, representará un alivio financiero de hasta 51 mil pesos por empresa.
¿Cuáles son las fechas límite para solicitar las prórrogas?
¡Atención! Esta solicitud de medidas de protección se deberá hacer en el portal empresarial del Infonavit tomando en cuenta las siguientes fechas límite:
Hasta el 30 de junio de 2020 para la solicitud de prórroga de pago de:
- Las aportaciones correspondientes al segundo bimestre de 2020.
- Las parcialidades de los meses de mayo y junio de convenio vigente.
Hasta el 31 de agosto de 2020 para la solicitud de prórroga de pago de:
- Las aportaciones correspondientes al tercer bimestre de 2020.
- Las parcialidades de los meses de julio y agosto de convenio vigente.
Sin embargo el Infonavit aclara que no habrá prórrogas para el pago de las aportaciones y amortizaciones correspondientes a trabajadores que actualmente tienen un crédito vigente con la institución.
Lanzamos medidas de protección para pequeñas, medianas y grandes empresas con el objetivo de apoyar la reactivación económica del país y proteger el bienestar de los trabajadores. pic.twitter.com/EAcfpyH0MC
— Infonavit (@Infonavit) April 27, 2020