Este 16 de febrero, Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, indicó que las grúas de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) ya no podrán imponer infracciones de tránsito a los automovilistas. El mandatario capitalino aseguró que a partir de este viernes dichos vehículos se dedicarán a realizar labores de apoyo vial y podrán retirar autos mal estacionados, siempre y cuando algún ciudadano o un policía de tránsito se los pida. “Se termina esta facultad de las grúas de infraccionar, era algo que nos pedía la ciudadanía”, mencionó Mancera Espinosa.

Lo anterior, dijo el Jefe de Gobierno, forma parte de las modificaciones se realizaron al Reglamento de Tránsito. El funcionario afirmó que las multas económicas y las penalizaciones en la licencia de conducir continuarán, pero que se suprimirá el uso de grúas y ya no se llevarán autos al famoso corralón cuando estos estén estacionados sobre vías peatonales y primarias o en áreas de circulación.

La grúa tampoco se llevará a los vehículos aparcados en accesos, salidas de estaciones y terminales del transporte público, sitios de taxis o zonas de ascenso de pasaje. El vehículo no podrá ser arrastrado si está estacionado frente a bancos, hidrantes para uso de bomberos o entradas de estacionamientos públicos. Eso sí, los infractores tendrán que pagar una multa de cinco a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y la penalización en licencia de conducir de uno a seis puntos.

En pocas palabras, quienes se estacionen en estos lugares deberán pagar una multa que va de los 352 hasta los 2 mil 114 morlacos. ¿Cómo ven?

¿En qué casos sí puede intervenir la grúa?

El político compartió este ejemplo: imaginen que un carro obstruye las salidas de una casa, las rampas para las personas con discapacidad o sitios prohibidos para estacionarse, como los marca el reglamento de tránsito; en este escenario, a solicitud de un ciudadano, la grúa podrá actuar.

Asimismo, los conductores que circulen sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo o que teniendo la autorización para circular por ahí no lo hagan con los faros delanteros encendidos y una señal luminosa de color ámbar, serán remitidos al depósito y se harán acreedores a una multa de 40 a 60 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.

Es decir, una sanción de entre 3 mil y 4 mil 200 pesotes.

Por su parte, Hiram Almeida Estrada, secretario de seguridad pública, aseguró que esta determinación no responde al contexto electoral (¿a poco?) sino que buscan ofrecerle atención a los chilangos y a sus demandas. El funcionario argumentó que otra de las razones que detonaron dicha medida fue la finalización del contrato con la empresa que tuvo la concesión para operar las grúas durante ocho años. De acuerdo con cifras publicadas por el periódico El Universal, en la CDMX hay 124 de estos vehículos al servicio de la policía capitalina.

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