Tras dar mucho de qué hablar en los últimos meses, y luego de una reunión por videollamada entre la Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, el nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas (aplaudido por la UNICEF) será una realidad a partir del 1 de octubre de este 2020. Lo anterior luego de que este viernes 27 de marzo fueran publicadas en el Diario Oficial de la Federación las reformas a la Norma Oficial Mexicana correspondiente que lo hacen posible.

etiquetado frontal

Así es, este viernes quedaron publicadas las modificaciones a la Norma donde se establecen las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, las cuales obligan a las empresas a colocar sellos que indiquen de forma clara y comprensible el contenido nutrimental de sus productos.

 

También queda establecido que las empresas deben, sobre todo, informar cuando sus productos superen las cantidades de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas tras y sodio para alertar a los consumidores. De igual forma se deberá indicar en el envase del producto cuando éste contenga sustancias no recomendables para los niños, como cafeína y edulcorantes.

Fue el pasado 1 de octubre de 2019 cuando la Cámara de Diputados aprobó con 455 votos las reformas a la Ley General de Salud en materia de sobrepeso, obesidad y etiquetado de alimentos y bebidas no alcóholicas.

Luego de pasar al Senado y estar pública para toda la población, este viernes fue publicada en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, y como dijimos al principio, entrará en vigor a partir del 1 de octubre, fecha en que comenzará un periodo de implemetación que incluye varias fases para dar tiempo a que las empresas cumplan apropiadamente.

 

Adiós a los personajes infantiles

Otro fuerte golpe a los productos altos en sustancias que pueden contribuir al sobrepeso u obesidad en la población mexicana, es la restricción que se incluye en estas modificaciones a la norma para usar cualquier tipo de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, así como elementos interactivos (juegos visuales o descargas digitales) que vayan dirigidos a niños con el fin de incitar el consumo.

Lo anterior aplicará a cualquier marca o producto que, luego de el cálculo apropiado de las cantidades de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas tras y sodio, se vean obligados a señalar que exceden los estándares apropiados.

Es decir, si el producto lleva uno o más sellos para indicar el exceso en alguna de esas sustancias, no podrá usar ningún tipo de elemento como los antes mencionados para que los niños sean atraídos a su consumo. Esto entrará en vigor a partir de abril del 2021.

 

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Mi nombre es Christian, soy egresado de la UNAM y llevo ligado a la creación de contenidos digitales desde el 2015. Trabajé en Reforma, distintos portales de futbol y blogs especializados antes de llegar...

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