Muy pero muy buenas noticias para Nuevo León. Recientemente el Congreso de Nuevo León aprobó una reforma al Código Penal local para castigar con hasta 5 años de prisión a quien obligue a una persona a tomar una terapia de conversión.
Acá te contamos de qué va la nueva reforma.
Sin terapias de conversión en Nuevo León
El pleno del Congreso aprobó por unanimidad moverle al artículo 204 del Código Penal de Nuevo León para imponer sanciones de entre 2 y 5 años a quien obligue o engañe a una persona para que vaya a terapia de conversión.
Las terapias de conversión son reconocidas como sesiones psicológicas, psiquiátricas o métodos/tratamientos que tengan como objetivo anular, modificar, obstaculizar o hacer menos la orientación sexual o la identidad de género contra su voluntad. Esto incluye los actos que utilizan violencia física o psicoemocional.
Los diputados locales explicaron que estos actos van en contra de la dignidad de las personas y violan los derechos humanos.
A pesar de que son muy pero muy graves, la mayor parte de las veces no son denunciados por las víctimas por temor a la discriminación, por la culpa y por la presión social.
A nivel nacional el pasado 11 de octubre el Senado aprobó la eliminación de las terapias de conversión. Pasaron 4 años para que el dictamen subiera al pleno.
La idea es imponer de 2 a 6 años de prisión, así como una multa de casi 200 mil pesos, para quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.
Pero aún falta el visto bueno de la Cámara de Diputados.