Una preocupación menos para el exlíder de los trabajadores petroleros, Carlos Romero Deschamps… digo, si es que algo le preocupa a ese señor.
A poco más de tres meses que se anunció que Blanca Rosa Durán, esposa de Romero Deschamps, también era investigada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), ahora ésta ha conseguido evitar cualquier acción en su contra. Es más, ni siquiera podrá ser citada a comparecer.
De acuerdo con Milenio, la suspensión provisional fue emitida por un juez federal, luego de que la doña acusó que hace unos días intentaron retenerla. De ahí que el pasado 17 de octubre comenzó a promover la suspensión contra cualquier orden de aprehensión.
Para que la suspensión prevalezca, la esposa de Romero Deschamps necesitó cubrir la garantía establecida por el juez. Sin embargo, se desconoce el monto de ésta, así como el día en que la señora tenga nuevamente que presentarse (es un decir) para conocer si la suspensión se vuelve definitiva.
Cabe señalar que aunque el intento de retención que sufrió hace unos días la esposa de Romero Deschamps fue motivo de atención por parte del juez, antes de determinar la suspensión contra cualquier orden de aprehensión, nunca se especificó el lugar donde esto sucedió.
“Deberá precisar el domicilio completo, correcto y actual en el cual dice se pretendió ejecutar el acto que por esta vía reclama, ya que si bien refiere que fue en su domicilio particular, ubicado en Cerrada de Río Frio, sobre avenida de la Herradura, Naucalpan, Edomex, lo cierto es que omite señalar su ubicación completa”, solicitó el juez.
Unas por otras… ya que, pese a que ya puede andar libre por las calles, sin la preocupación de ser aprehendida, Durán Limas no tendrá con qué hacer shopping: el juez del decimosegundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa le negó la suspensión definitiva contra el aseguramiento, bloqueo e inmovilización de cuentas.
La esposa de Romero Deschamps “no acreditó ser titular de algún derecho que pudiera ser transgredido con motivo del bloqueo de alguna cuenta bancaria y, por ende, que los actos reclamados pudieran causarle algún daño o perjuicio”.