carburando

La revisión de las firmas se lleva a cabo con la presencia de representantes de todos los partidos y un fedatario a propuesta del presidente del Senado. También se había invitado a representantes de la Cámara de Diputados, pero no han respondido.

Así lo afirmó el senador perredista y vicepresidente de la mesa directiva del Senado, Luis Sánchez.

Habían invitado a que la Cámara de Diputados enviará representantes para tener que evitar repetir el procedimiento allá también, pero bueno, se tendrá que hacer.

¿Qué están haciendo? Bueno, están haciendo el recuento de firmas y las están cotejando con las credenciales de elector. Concluida la fase del recuento la información se envía al IFE para que contraste los datos y, si coincide con las copias de las credenciales de elector, se remite a la Suprema Corte de Justicia para que pueda ordenar que se realice la consulta ciudadana en todo el país en materia de reforma energética.

Según la senadora Dolores Padierna, apenas se han contado dos de las 48 cajas que se han entregado con las firmas, será un proceso muy lento.

Padierna señaló:

«Lo que hemos observado es que desde que se entregó la reforma energética hay muchos obstáculos para impedir que se realice la consulta popular.

Incluso cuando se presentó la iniciativa en la materia, se estableció que, para que no hubiera consulta popular, ésta se contemplara en la Ley de Ingresos, a través del título quinto, y la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la finalidad de que el tema fuera sólo fiscal; sin embargo, ya está en la Constitución»

¿La consulta popular podría revertir la reforma?

Nadie está seguro (bieeen ahí), según el catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, Francisco Burgoa:

«La Ley dice que los efectos de la consulta podrían ser vinculatorios (obligatorios) para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como las autoridades competentes; pero cuando se habla de una reforma constitucional no es un acto legislativo simple que sólo provenga del Congreso.

Se habla de una reforma constitucional que proviene del poder reformador de la Constitución o, como se le conoce, del Constituyente Permanente, donde participan también las legislaturas de los estados»

Al final del día, es la Suprema Corte de Justicia la que decidirá si procede lo que se está pidiendo mediante las firmas de los ciudadanos o no.

«Serán objeto de consulta popular los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión, así como los actos administrativos del Ejecutivo Federal, siempre que sean de trascendencia nacional»

Según el Consultor y ex consejero presidente del IFE, Luis Carlos Ugalde:

«La consulta popular dice que se puede consultar sobre nuevas leyes o modificaciones a las ya existentes, pero en ningún momento habla sobre cambios constitucionales»

Lo cual la convertiría en una reverenda tontería de ley, a nuestro parecer, es increíble cómo a este sujeto no le enoja saber esto.

Según ADNPolítico, la Ley Federal de Consulta Popular fue aprobada el 10 de diciembre pasado por la Cámara de Diputados. Luego pasó al Senado, donde el 13 de diciembre los panistas rompieron el cuórum para evitar que se discutiera.

La ley entrará en vigor una vez que haya sido aprobada por ambas Cámaras.

Pero bueno, esperemos que todos los candados con que la sacaron puedan aflojarse en la discusión del Senado. Y si a los legisladores de los otros partidos les da igual algo así como una consulta popular que tenga efectos reales, los militantes de sus respectivos partidos sí deberían estar de acuerdo, pues es de los poco ejercicios que preserva la soberanía (y su ejercicio) directamente en los ciudadanos y no en sus «representantes».

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 ***Vía La Jornada, ADNPolítico

 

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