Para que tenga más tiempo de aprender algo de inglés, un juez federal le concedió a Joaquín “El Chapo” Guzmán la suspensión de plano a las dos órdenes de extradición a los Estados Unidos que la mismísima Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) había dictado.
“La suspensión de plano la otorga el juez porque tal vez hasta ahorita no cumplimenta la orden de extradición, no puede ser extraditable porque él no lo da a su parecer, casi cuando se otorgan amparos, para proteger al ciudadano en este caso al señor Joaquín, le otorga la suspensión de plano, pudo ser una suspensión provisional, pero afortunadamente la dio de plano, esto es muy benéfico para el señor Guzmán y para su defensa”.
¿¿?? Entendieron… bueno, pues ahí explíquenselo al de al lado, porque eso fue con lo que Andrés Granados, uno de los abogados de Guzmán, intentó aclarar en qué consiste la suspensión concedida por el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México
El caso es que el conocido narcotraficante no se tendrá que preocupar (por ahora… de 6 meses a 3 años) por pisar alguna cárcel de Texas o California, estados gringos en los que claman su presencia para procesarlo –en el primero de los casos- por asociación delictuosa e importación y posesión de cocaína con la intención de distribuirla. Por otra parte, en suelo texano tiene los cargos de homicidio, lavado de dinero, delitos contra la salud, delincuencia organizada, asociación delictuosa y posesión de armas… nada más.
Las suspensiones otorgadas se suman a otras que ya había tramitado la defensa del amoroso amigo de Kate del Castillo, para evitar ser “víctima” de una extradición exprés a los Estados Unidos, donde las autoridades juran y perjuran que, en dado caso que les presten tantito a “El Chapo”, a éste no se le aplicará la pena de muerte, sentencia a la que se podría ser acreedor, en el supuesto de que sea hallado culpable por el delito de homicidio.