Lo que necesitas saber:

El procurador Plácido Morales Vázquez nos resuelve nuestras dudas sobre derechos laborales.

Nosotros lo sabemos, ustedes lo saben; todo Godín que se respete alguna vez ha tenido una o más dudas sobre sus derechos laborales, por lo que acá decidimos consultar a un experto para que nos respondiera algunas de ellas, como por qué algunos no tienen seguro social, qué es la ley de maternidad, si los trabajadores freelance tienen derechos o si la empresa donde trabajas te tiene que aumentar el suelo cada año.

¡Ah! Y obvio también nos contó qué tienen que recibir si renuncian o los despiden.

10 dudas que todo Godín se ha hecho sobre sus derechos laborales

Como les contábamos aquí arriba, consultamos a un experto para resolver esas dudas sobre los derechos laborales; ya sea porque están metidos en un embrollo con su jefe o empresa y podrían despedirlos, o porque aún no entienden por qué no tienen seguro social o un aumento de sueldo.

Sí, decidimos lanzarnos a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para consultar nada más y nada menos que al procurador general Plácido Morales Vázquez, quien nos resolvió esas dudas de los derechos laborales que todos alguna vez hemos tenido.

1- ¿Qué diferencias existen entre un trabajador de planta y uno temporal?

Pues como nos cuenta el procurador general, la principal diferencia entre un trabajador de planta o permanente y uno temporal, son los derechos que uno y otro tiene.

“Un trabajador definitivo tiene más prestaciones que un trabajador que se le contrata eventualmente”.

Sí, alguien que trabaja con una empresa de manera asalariada tiene derecho a que se le inscriba en el Seguro Social, a cotizar para pensionarse, a tener días de vacaciones, y también a que se le den utilidades, eso que ganó de más el lugar donde chambeas y que se tiene que repartir entre los trabajadores.

Que sean una realidad: Permisos para faltar al trabajo para llevar a adultos mayores al médico
Foto: IMSS

Y el trabajador temporal o eventual…

“Y la otra es cuando uno tiene una contratación eventual, se dice, te contrato por tal tiempo para que me hagas tal tipo de trabajo”.

Por lo que carece de los mismos derechos que tiene un empleado de planta, aunque sí tienen otros, además de los que quiera darles la empresa o jefe.

2- ¿Los trabajadores freelance tienen algún derecho? Por ejemplo, los trabajadores de aplicaciones y plataformas

¿Son conductores de taxis, repartidores de aplicación o trabajadores freelance que trabajan por horas? Tal vez esto les interese, pues según el procurador general, también tienen derechos.

Si se reúnen ciertos requisitos, sí (…) Si yo digo, a ver, mi bicicleta, mi vehículo, está en disposición de las 08:00 a las 12:00, y de las 16:00 a las 18:00, ya reuní las seis horas. Cotizo en entregas ya un salario, que es el salario mínimo, entonces ya soy un empleado de la plataforma, o de la empresa de plataforma, porque la empresa de plataforma está cobrando y tiene que hacer una declaración fiscal, y consecuentemente ya me tiene que pagar a mí mis prestaciones y mi inclusión al Seguro Social, si ya soy un trabajador que reúne esos requisitos“.

Senado aprueba reforma de Ley Federal del Trabajo en beneficio de los repartidores de aplicación
Foto: Cuartoscuro

Y es que en diciembre de 2024 se publicó una reforma para reconocer los derechos de los que trabajan para aplicaciones y plataformas… Peeero, algunos de los repartidores consideraron que en realidad esto era subordinación y atentar contra su libertad.

3- Si le ocurre un accidente a un trabajador sin contrato, ¿la empresa tiene que cubrir sus gastos médicos?

Nos explica que sí, que la empresa tiene que cubrir sí o sí los gastos médicos de un trabajador si le ocurre un accidente en horario laboral, por más que no tenga un contrato en papel.

De hecho, esto tiene que suceder aunque el contrato sólo fuera de palabra, ya que para él existen varios elementos para comprobar que una persona está trabajando para una compañía.

Yo demuestro que sí estuve trabajando con él (la empresa o el patrón), porque el testimonio de que me contrató, estaba yo en la nómina, me dieron mis recibos, me pagaron por cheque, no sé, hay muchos elementos“.

El virus Chandipura se asocia con el síndrome encefálico agudo.
Foto ilustrativa: Pexels

4- Si llevo trabajando más de un año en una empresa, ¿está obligada a subirme el sueldo?

¿Llevan más de un año trabajando en una empresa y no les han aumentado el sueldo todavía? El procurador general dice que los jefes tienen que aumentarles el sueldo a sus trabajadores siguiendo los incrementos que se han hecho de ley, aunque solamente son beneficiarios los que ganan el salario mínimo.

Y si la Comisión Nacional de Salarios Mínimos determina que sube el salario, se da el aumento, esa obligación, trabajando tu jornada laboral y las demás prestaciones. Ahora, los salarios se pactan también, dependiendo los intereses de las dos partes”.

¡OJO! Tomen en cuenta que este 2025 el salario mínimo aumentó un 12 %, pasando de 248.93 a 278.80 pesos diarios.

Te explicamos todo sobre la iniciativa de 2024 para recibir aguinaldo doble
Foto: Cuartoscuro

5- ¿Qué derechos ofrece las ley de maternidad?

De acuerdo con la mismísima Ley Federal del Trabajo, las mamás tienen derecho a seis semanas antes y seis semanas después del parto, entre otros beneficios más.

Sí, hay que recordar que en 2023 se aprobó ampliar la licencia de maternidad a 84 días, y en 2025 todavía se busca que la de paternidad sea de 20 días.

El vientre de una mujer embarazada.
Foto: Pixabay

6- ¿Cuáles son los derechos que tienes si renuncias o te despiden?

¿Quieren renunciar en donde trabajan actualmente o creen que próximamente los despedirá su jefe? Tomen en cuenta los derechos que tienen en cada uno de los casos:

“Si tienes una relación laboral ya formal y dices yo voy a renunciar voluntariamente, tengo derecho a la prima de antigüedad; si trabajaste uno, dos, tres años, tienes el derecho a una cantidad por año de trabajo que acumulaste; si te deben alguna prestación, pues también“.

“Si te despiden injustificadamente, tienes derecho a los 3 meses de seguridad, si es que una parte, la parte del patrón te despide, por ejemplo”.

Foto ilustrativa: Pexels

Sólo tomen en cuenta que la prima de antigüedad aplica para los que renunciaron y llevan más de 15 años laborando en una sola empresa; y si los despiden, les toca también este derecho, sin importar el tiempo trabajado.

¡Atentos! También el procurador general nos explicó que existe una figura legal llamada “mediación amistosa”, la cual funciona para que el trabajador y el jefe se pongan de acuerdo para terminar su relación laboral y no se vayan a litigio.

Peeero… si no se logra, todavía podrían ir a conciliación.

7- ¿Qué pasa si una persona lleva más de un año y no está registrada en el Seguro?

El procurado de la Defensa del Trabajo nos cuenta que si una empresa o jefe no registra desde la contratación a uno de sus empleados, se exponen a una supervisión de las autoridades.

“El patrón se expone a una supervisión, a una denuncia que venga. A ver, tú tienes trabajando a este y no le diste alta del seguro, y vienen las grandes multotas, porque es tu obligación (de la empresa o jefe)”.

8- ¿Puedes hacer una denuncia a tu jefe sin perder tu trabajo?

¿Quieren demandar a su jefe pero tienen miedo de que los corran? Nos dice que no habría qué temer, ya que por hacerlo no debe existir el riesgo de perder tu empleo:

“Existe, claro, no tienes que perderlo, porque se entiende que te asiste un derecho como trabajador, y te asiste una obligación al patrón, ahora si te dice, ‘te fuiste a quejar, ahora te voy a despedir’, pues ya se metió en un problemita, porque lo vas a demandar, y se va a ir en un litigio, y tú no vas a gastar un peso en la demanda, porque la PROFEDET te va a asesorar hasta que te pague“.

juez-de-amlo-juez-4T-ministra-del-pueblo-apodo-jueces-elecciones
Foto ilustrativa.

9- ¿Con quiénes pueden recurrir ante cualquier duda o denuncia por violación de los derechos del trabajador?

Como dice el procurador general, con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET):

“Aquí donde estás, aquí estamos para proteger a todos los trabajadores que tengan que ver con la Ley Federal del Trabajo, y cuando digo Ley Federal del Trabajo es que sean competencia federal”.

Y es que para otro tipo de relaciones, como entre particulares, por ejemplo trabajadoras del hogar, dice que se manejan en juzgados o en la Procuraduría de la Ciudad de México. Mientras que en los estados también hay procuradurías locales para conflictos laborales.

Pero no se preocupen; siempre pueden ir a consultarlos si tienen dudas sobre sus derechos laborales:

Todos pueden saber qué derechos tienen y cómo exigirlos, para eso estamos aquí nosotros. Para eso está la Procuraduría y la Procuraduría de todo el país. Para asistir, asesorar, orientar, acompañar.

PROFEDET.

10- ¿Y en qué consiste la jornada laboral de 40 horas?

No podíamos irnos sin hablar de uno de los temas más sonados últimamente en derechos laborales, por lo que igual quisimos saber la opinión del procurador general:

“Pues es una discusión que está también siempre en materia laboral. Pensemos en una gran planta industrial, una textilera, una fundidora, una armadora, una maquiladora que tiene miles de trabajadores y que el trabajador tiene que hacer un desplazamiento de las zonas, pues diríamos, donde viven los trabajadores a los centros de las zonas industriales, una hora y media, dos de regreso, y ocho horas con las horas de alimento, pues la capacidad de producir se agota“.

“Por eso se piensa que en el mundo contemporáneo, además por el desarrollo de la tecnología, en el mundo contemporáneo, en el mundo se piensa ya ahora en las jornadas más reducidas con más producción“.

Plácido Morales Vázquez,   procurador de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Plácido Morales Vázquez, procurador general de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

Por esta razón, indica que la propuesta es que en lugar de seis, sean solamente cinco días de trabajo por dos de descanso, o seis días de trabajo de jornadas de seis horas por uno de descanso, para que en total sumen 40 horas.

Sin embargo, como ya lo dijo la presidenta Claudia Sheinbaum, falta que se discuta con empresarios, sindicatos y se tomen en cuenta otras opiniones.

¿Se resolvió alguna de sus dudas sobre derechos laborales? ¡Cuéntenos cuál otra tienen!

Todo lo que no sabías que necesitas saber lo encuentras en Sopitas.com

Me llamo Erick Ponce y trabajo en Sopitas.com desde el 2020. De hecho, entré justo un mes antes de que se decretara la pandemia de COVID-19; pero bueno, este no es el lugar para deprimirlos. Antes colaboré...

Comentarios

Comenta con tu cuenta de Facebook