Iniciativas de la bancada de Morena en Yucatán —después de que este diputado le diera la espalda al matrimonio igualitario en este estado. ¿Qué pasión? El legislador Miguel Candila Noh ha sido fuertemente criticado en redes por proponer una reforma para incluir el concepto de “hombricidio” en los Códigos Penal y Familiar.
Según Miguel Candila, el objetivo es blindar a las familias de las víctimas en cuestiones de patria potestad y justicia. Sin embargo, su propuesta ha generado unos cuantos apuntes sobre la necesidad de que los funcionarios conozcan el Código Penal, la definición de homicidio doloso y feminicidio —y el por qué de su existencia.
La 4T fuera de la CDMX difícilmente refleja lo que la 4T dice ser. En Yucatán, Miguel Candila —el coordinador de Morena en el @CongresoYucatan que votó en contra del matrimonio igualitario en 2019 y nos sugirió casarnos en Campeche o en Quintana Roo— hace gala de su misoginia. https://t.co/5nhXA7cZtx
— Alex Orué 🏳️🌈 (@Alex_Orue) August 31, 2020
“Hombricidio”
La iniciativa de Miguel Candila, coordinador de la bancada de Morena en Yucatán, pretende reformar —cambiar— el Código Familiar y Código Penal para abrirle paso a la impartición de justicia en los homicidios en razón de género. ¿Cómo así?
Sí, de acuerdo con el funcionario, tanto el feminicidio como el “hombricidio” se derivan de una descomposición social de la vida diaria de los yucatecos y yucatecas. Sin embargo, estos delitos no se castigan con el rigor necesario y en el caso de los hombres, sus familias pierden la patria potestad de los hijos.
Lo hicieron de nuevo: Congreso de Yucatán le dice ‘no’ al matrimonio igualitario
Además, la iniciativa de Miguel Candila perfila que el “hombricidio” se tome en contexto de la vida conyugal o relación de pareja.
Más o menos, esta es la propuesta:
A quien se le vincule a proceso por el delito de feminicidio, “hombricidio” y homicidio en razón de género por la privación de la vida de otra —cónyuge, pareja sentimental o en contexto de concubinato y unión libre— pederá la patria potestad, tutela o custodia de los hijos o las hijas.
Según este propuesta, la patria potestad quedaría en manos de los papás de la persona que “perdió la vida” —ya sea hombre o mujer.
Miguel Candila
La propuesta de Candila fue criticada por activistas y organizaciones civiles. Sin embargo, su lógica no sorprendió del todo, pues el morenista ya ha sido señalado por un par de rollos medio conservadores —todo lo que es supuestamente contrario a Morena.
Durante la discusión del matrimonio igualitario en Yucatán —por allá de 2019—, Candila propuso que este derecho fuera llevado a consulta ciudadana y hasta sugirió a las parejas homosexuales o lesbianas que se lanzaran a Campeche o Quintana Roo para poder casarse conforme a la ley…
Tras estas declaraciones, la dirigencia de Morena en Yucatán le llamó la atención pero no pasó a mayores. Ahora, en medio de la crisis de violencia de género contra las mujeres y los feminicidios, Candila es criticado por minimizar este tema que es de urgencia nacional y desviar el trabajo en el Congreso local en pro de los derechos humanos.
Feminicidio y homicidio doloso
El feminicidio es el asesinato de una mujer, por el simple hecho de ser mujer. En nuestro país, es un delito por razones de género que está catalogado por las siguientes causales:
- Que existan antecedentes de violencia del sujeto activo hacia la víctima.
- Que existan amenazas del sujeto activo en contra de la víctima.
- Que haya sido incomunicada previo a su muerte, cualquiera sea el tiempo.
- Que el cuerpo haya sido expuesto en la vía pública.
- Que presente signos de violencia sexual.
- Que tenga lesiones o mutilaciones degradantes.
- Que haya existido entre la víctima y el sujeto una relación sentimental, afectiva o de confianza.
Aunque el Código Penal de cada estado maneja un catálogo distinto para tipificar este delito, el feminicidio es reconocido en todo el país y ha sido declarado por organizaciones civiles como un problema que debe ser atendido con urgencia.
En cuanto al homicidio doloso, este es un subtipo de delito que se tipifica el asesinato intencional de una persona —ya sea hombre o mujer.
Si ven, la diferencia entre estos delitos está en el hecho de que una mujer es asesinada sólo por el hecho de ser mujer y bajo signos de extrema violencia. No hay más. Por esta razón, la ley NO habla de “hombricidios”, pues los asesinatos de hombres están contemplados como homicidios dolosos y no son motivados por una razón de género.