Con 464 votos a favor y 2 en contra, este 2 de diciembre el pleno de la Cámara de Diputados aprobó tipificar el delito de abandono de personas adultas mayores por parte de sus hijos, biológicos o adoptivos. Se trata de reformas a los artículos 335 y 337 del Código Penal Federal, iniciativa que ya fue enviada al Senado para su análisis.
Esta iniciativa surge a partir de la situación de vulnerabilidad en que se encuentran las personas adultas mayores y la tendencia poblacional de llegar a ese grupo de edad.
Con 464 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones, aprobamos dictamen por el que se reforman los artículos 335 a 337 del Código Penal Federal para tipificar el delito de abandono de personas adultas mayores, siendo su descendiente por consanguinidad o por afinidad. pic.twitter.com/wTMMUfWCuv
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) December 2, 2020
¿De qué va esta iniciativa para los adultos mayores?
Para empezar propone adicionar un artículo 335 Bis para tipificar de manera autónoma el abandono de una persona adulta mayor en función de la afinidad o parentesco que mantenga con el sujeto activo.
Se proponen entre un mes y cuatro años de prisión solo en el caso que no resulte daño alguno para la persona abandonada.
De igual forma reformar el artículo 335 para que incluir sanciones a quien abandone a un adulto mayor teniendo obligación de cuidarlo. La pena aumentaría si además del abandono lo hacen sin dejarle recursos para subsistir. En tal caso la prisión podría ser de hasta cinco años con una multa de 180 a 360 días y un pago por la reparación del daño.
Este delito se perseguirá a petición de la parte agraviada, es decir del adulto mayor.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2018 del INEGI, en el país viven 15.4 millones de personas de 60 años o más, lo cual se traduce en un 12.3% de la población total. Esto convierte a este grupo en una minoría y por lo tanto debe gozar de medidas de protección especiales.