El incremento de casos COVID-19 está grueso en Michoacán y, para tratar de disminuir la incidencia, será obligatorio el uso del cubrebocas. Esto por iniciativa de la Comisión de Salud y Asistencia Socia del Congreso local, la cual ya fue aprobada.
De acuerdo con el comunicado difundido por el gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, los legisladores avalaron la regulación del uso del cubrebocas. Con ello, la mascarilla deberá ser utilizada de forma obligatoria en todo espacio público, así como al interior de establecimientos, no importando que estos sean privados… obviamente también en los públicos.
Lo anterior también abarca al transporte público, por lo que operadores y usuarios deberán utilizar el cubrebocas en todo momento. La medida será vigente mientras haya emergencia sanitaria y hasta que la autoridad competente declare la conclusión de ésta.
“Hoy Michoacán ha dado un paso importante más en el manejo de la crisis sanitaria: las y los diputados aprobaron hace unos momentos la Ley que Regula el Uso del Cubrebocas en el Estado, a partir de la iniciativa que les hicimos llegar hace unas semanas y que es la primera en su tipo en el país”, presumió el gobernador de Michoacán.
Y ahora sí: las sanciones por no usar el cubrebocas
Según La Jornada, las sanciones para quienes se pongan en plan Noroña y no quieran usar el cubrebocas van desde un simple llamado de atención verbal, hasta multas y arresto domiciliario.
Aunque en algunos medios no se menciona lo de las multas, en el boletín del Congreso de Michoacán se indica que lo recaudado por esta vía irá a dar a un fondo, “cuyo fin será el de dotar de cubrebocas al personal sanitario y grupos en situación de vulnerabilidad”.
No todos tienen que utilizarlo
De Acuerdo con Animal Político, la llamada Ley cubrebocas tiene sus excepciones, por lo que no habrá que utilizar la mascarilla mientras se consuman alimentos y bebidas. Tampoco serán obligados a utilizarlo los menores de 2 años, así como personas con enfermedades o trastornos que les dificulte el uso correcto del cubrebocas (personas asmáticas, con cáncer, fibrosis quística o con lesiones faciales, por ejemplo).
Para que algún poli no se los quiera madrugar, en el boletín del Congreso de Michoacán se indica que se propuso un plazo de 7 días naturales para que sea ejecutada la ley cubrebocas. En este lapso, habrá brigadas que se encargarán de informar a la población sobre qué va la ley y, por otra parte, se les dará Capacitación a las autoridades para que actúen de manera correcta.