Pues si políticos corruptos promueven amparos para evitar caer en el bote, ordeñadores de ductos de Pemex en Guanajuato también tuvieron la desvergüenza de hacer su luchita. Sin embargo, en su caso, la Corte no pudo echarles la mano y desechó el recurso legal que interpusieron para evitar las sentencias que se les había dictado con anterioridad.
De acuerdo con Milenio, cinco fulanos fueron cachados en 2012 sustrayendo combustible de los ductos de Pemex ubicados en la tierra de Vicente Fox. Por este delito fueron condenados a ocho años de prisión… y les salió “barato”, ya que se les responsabilizó por la ordeña de 28 mil litros de diesel.
La Suprema Corte desecha amparos y confirma cárcel a huachicoleros en Guanajuato; Pemex celebra la decisión https://t.co/PIuSMFpwTF pic.twitter.com/I8qVwdR0VN
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Pese a lo manchado de su delito, el quinteto trato de ampararse… pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ratificó la sentencia y reiteró que es completamente constitucional la pena de cárcel para aquellos que se dediquen al robo de hidrocarburos… digo, por si algún despistado sigue creyendo que es legal.
El Universal señala que el fallo de la Corte no ha sido publicado. Sin embargo, fuentes judiciales confirmaron que el criterio utilizado establece que, ya que “la ley sanciona a quien posea o resguarde petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados de manera ilícita”, no hay lugar a confusión. Si no se cuenta con autorización del Estado para poseer o resguardar combustibles, es ilícito.
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Este no es el único caso de amparo negado para un presunto huachicolero: en marzo pasado, un juez negó el recurso legal a una persona acusada del delito de posesión ilegal de hidrocarburos. El sujeto alegó que el delito penal que le imputaron (previsto en el artículo 368 del Código Penal Federal) es “amplio”, es decir, la ley no es precisa….
Milenio señala que los ministros aceptaron que los que hacen las leyes tienen que ser muy claros en el uso de expresiones o conceptos… pero también señalaron que no necesariamente una ley es inconstitucional por no definir cada vocablo o locución inscrita. En pocas palabras, que no quieran hacerse güeyes, diciendo que que no entienden las leyes para evitar caer en el tambo. El artículo –agregaron– es suficientemente claro: cualquier conducta relacionada con hidrocarburos que no cuenten con la autorización del Estado o sus subsidiarios (claro, en caso de posesión o resguardo) es delito.