Y en noticias que no le gustan a los gringos… Caro Quintero poco a poco va ganándole jugadas a las autoridades mexicanas. Ya lo hizo para impedir su extradición exprés a los Estados Unidos, ahora contra cualquier posibilidad de aislarlo.
El juzgado octavo de distrito en materia de amparo y juicios federales en el estado de México concedió al fundador del Cártel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero, una suspensión de plano contra posibles actos de incomunicación, aislamiento, cautiverio y cualquier otra cosa que pudiera dañar psicológicamente a tan sensible sujeto.
De acuerdo con La Jornada, la suspensión también atiende el impedimento de cualquier acción que Caro Quintero y su defensa pudieran considerar como “malos tratos” o “abuso de autoridad. En pocas palabras: tratar bien al excapo.
Cabe señalar que esta suspensión de plano se basa en el hecho de que, tanto la tortura como la incomunicación, son actos prohibidos por la Constitución.
Con lo anterior, explica Aristegui Noticias, Caro Quintero podrá tener plena comunicación con sus abogados y su gente.
En caso de que la Fiscalía General de la República quiera apelar la suspensión, deberá entregar un informe justificado de las atenciones que ha recibido Caro Quintero desde que fue ingresado al centro penitenciario del Altiplano. Sobre todo atenciones del tipo médico, otro tipo de cuidados no se contemplan.
Y con la suspensión de la extradición y esto que ayudará a mantener comunicado a Caro Quintero no para la cosa. En los próximos días podríamos enterarnos de más concesiones para quien fuera uno de los hombres más buscados por Estados Unidos, ya que hay más impugnaciones en camino. Éstas, señala el sitio de la periodista Carmen Aristegui, se han tramitado en diferentes entidades de la República.
Esta suspensión de plano se le concede a Caro Quintero unos días después de que se frenó su extradición a Estados Unidos, donde se le solicita para ajustar cuentas por el asesinato del agente de la DEA, Enrique Kiki Camarena.
El asunto es que el proceso de extradición sólo podrá reactivarse hasta que un juez no determine qué ocurrirá con un amparo promovido por la defensa del susodicho.
Ahora bien, el juez tendrá que revisar un fallo que se emitió en 2013, cuando un juez ordenó anular el juicio en contra del fundador del Cártel de Guadalajara por el caso Kiki Camarena. ¿Ese fallo definirá lo que la sentencia de amparo? Eso lo sabremos hasta el 25 de agosto, cuando habrá audiencia para tratar el asunto.