A dónde vamos a parar… A principios de mayo, el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) avaló el registro de 18 candidatos que aspiran a integrar ayuntamientos ¿y qué?
Acá es donde está en chanchullo. Resulta que estos 18 candidatos del partido Fuerza por México (FxM) se registraron primero ante la autoridad local como varones para competir por diversos cargos en el estado. Pero como al partido le cacharon que estaba incumpliendo con la paridad de género, entonces los abusados afirmaron que se “autodescribían” como mujeres, es decir como trans, y así se registraron.
El asunto aquí es que, después de analizar el caso, los consejeros del ITE determinaron por mayoría que aunque los cacharon en la simulación e incumpliendo con la paridad de género, no se puede poner en duda la autodescripción de una persona además de que “no existen elementos objetivos sobre la sospecha de una simulación”.
La consejera Dora Rodríguez Soriano fue la que observó que el partido solo había sustituido mujeres por hombres haciendo movimientos al interior de la planilla para presentar la auto adscripción de género. Así cumplieron con el principio de paridad de género.
A final de cuentas estos movimientos se aprobaron y los candidatos se salieron con la suya.
¿Por qué pasa esto?
Las cuotas de género existen en México para evitar el predominio de un solo género en la esfera política, es decir que solo hombres o mujeres se postulen para ciertos cargos y los ganen.
El chiste es encontrar un equilibrio en la participación de mujeres y hombres en los órganos de toma de decisiones. En México, en 1996 se fijó un límite de 70% de legisladores de un mismo género (hombres o mujeres) y para 2007 se estableció que las candidaturas para integrar el poder legislativo debían integrarse, cuando menos, de un 40% por personas de un mismo sexo.
A principios de este 2021 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia para modificar los criterios para el registro de candidaturas a diputaciones federales, emitidos por el INE para estas elecciones intermedias.
¿Cuáles fueron los cambios? Además de los movimientos para integrar a personas afroamericanas y con discapacidad, en materia de diversidad sexual, el INE determinó que los partidos nacionales deben postular cuando menos dos fórmulas de personas de la diversidad sexual en cualquiera de los 300 distritos electorales federales, y para el principio de Representación Proporcional, deben postular una fórmula dentro de los primeros 10 lugares de la lista de cualquiera de las cinco circunscripciones electorales.
¿Cuántas mujeres y cuántos hombres debe postular un partido político?
De acuerdo con el artículo 3, párrafo 1, inciso d)bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la paridad de género se entiende como la igualdad política entre mujeres y hombres. Se garantiza con la asignación del 50% de mujeres y 50% de hombres en candidaturas a cargos de elección popular y en nombramiento de cargos por designación.
✅Ayer en el @INEMexico acatamos la sentencia SUP-RAP-121/2020 y emitimos #AccionesAfirmativas para personas con #discapacidad, #afromexicanas y #LGBTTTIQ+.
Las #elecciones2021 ademas de ser las más grandes, por el número de cargos a elegir, serán las más incluyentes👇🏾 pic.twitter.com/7ErBHwTY0h
— Dania Ravel (@DaniaRavel) January 16, 2021
Pero estos son criterios a nivel nacional… y las gubernaturas?
A finales del año pasado el INE aprobó los criterios de paridad para gubernaturas vigentes para las elecciones de 2021. En ellos se establece que tanto los partidos locales como federales, así como las coaliciones y candidaturas, deberán atender la disposición de postular a mujeres para por lo menos la mitad de las gubernaturas que se disputarán.
En este sentido los partidos locales deben postular de preferencia como candidata a una persona del género distinto a la registrada en la elección anterior. Los partidos locales de nueva creación deberán optar por mujeres como candidatas a las gubernaturas.
En caso de que los partidos no cumplan con esto, tendrán 48 horas para realizar las sustituciones adecuadas y si no se cumple, se podrá negar o cancelar la candidatura. Es por eso que los abusados de Fuerza por México en Tlaxcala registraron a 18 candidatos “autopercibidos como mujeres”.
“Para los partidos nacionales, el incumplimiento derivará en un sorteo entre las candidaturas de hombres para determinar quién perderá su candidatura hasta satisfacer el requisito de paridad entre los géneros“, se lee en el comunicado del INE.
En relación a las candidaturas de la comunidad LGBT, cada estado puede exigir o no a los partidos políticos una cuota de participación de la comunidad LGBT y no en todos los estados es así. Por ejemplo, en Veracruz los partidos no están obligados a postular candidatos de esta comunidad.
Cuando el INE ordenó las postulaciones obligatorias de candidatos LGBT, la consejera Adriana Favela hizo un llamado a los partidos a cumplir con las nuevas determinaciones y no caer en simulaciones. Pero las cosas que hay que ver…