Los acomodos legales de la salud pública en México recibieron una reciente sacudida. En un Suplemento del Diario Oficial de la Federación (DOF) —escondido entre cuartillas y cuartillas de abogañol— el Gobierno anunció que cancela la NOM para el cáncer de mama, así como de otras 33 enfermedades.
La decisión fue tomada por la Secretaría de Salud y el Comité Consultivo que está presidido de Hugo López-Gatell.
Esta noticia ha resonado en las redes sociales porque no es poca cosa que el Gobierno decida que cancela la NOM para el cáncer de mama, pero vale la pena echarle un ojo a todos los anuncios que dieron. ¿Qué significa? ¿Qué es lo que cambia? ¿Cuáles son las otras 33 enfermedades que borran del sistema de Normas Oficiales?
Gobierno cancela NOM para el cáncer de mama
Como les contábamos, esta noticia se apareció en las páginas del Suplemento del Diario Oficial de la Federación (DOF). Si prefieren leerlo de primera mano, lo pueden ENCONTRAR AQUÍ.
Esta publicación es un gigantesco anuncio —de varias secretarías distintas o de temáticas diferentes— en las que avisan qué Normas Oficiales (NOM) van a cambiar, cuáles planean desaparecer e incluso cuáles plantean actualizar. Específicamente, las normas que va a cambiar la Secretaría de Salud llamaron mucho la atención.
Avisaron, por ejemplo, que cancelan la NOM para cáncer de mama, que es la NOM-041-SSA2-2011. Sin embargo, también cancelarán otras 33 NOM referentes a padecimientos o proyectos de salud pública:
- Leptospirosis (NOM-029-SSA2-1999)
- Picadura de alacrán (NOM-033-SSA2-2011)
- Enfermedades por deficiencia de yodo (NOM-038-SSA2-2010)
- Zoonosis relativa a perros y gatos (PROY-NOM-042-SSA2-2017)
- Proyecto de Leptospirosis en el humano (PROY-NOM-029-SSA2-2014)
- Lactancia materna (PROY-NOM-050-SSA2-2018)
- Salud en Materia alimentaria (NOM-043-SSA2-2012)
- Salud escolar (NOM-009-SSA2-2013)
- Lesiones en la cabeza de motociclistas (NOM-206-SCFI/SSA2-2018)
- Apoyo a la lactancia materna (PROY-NOM-050-SSA2-2018)
- Sobrepeso (NOM-008-SSA3-2017)
- Enfermedades bucales (NOM-013-SSA2-2015)
- Diabetes mellitus (NOM-015-SSA2-2010)
- Hipertensión arterial (NOM-030-SSA2-2009)
- Dislipidemias (NOM-037-SSA2-2012)
- Tuberculosis (NOM-006-SSA2-2013)
- Lepra (NOM-027-SSA2-2007)
- Cólera (NOM-016-SSA2-2012)
- Infecciones de transmisión sexual (NOM-039-SSA2-2014)
- Enfermedades transmitidas por vector (NOM-032-SSA2-2014)
- Binomio teniasis/cisticercosis (NOM-021-SSA2-1994)
- Brucelosis (NOM-022-SSA2-2012)
- Adicciones (NOM-028-SSA2-2009)
- Atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica (NOM-025-SSA2-2014)
- Cáncer de próstata (NOM-048-SSA2-2017)
- Osteoporosis (NOM-049-SSA2-2017)
- Perimenopausia y postmenopausia (NOM-035-SSA2-2012)
- Salud del niño (NOM-031-SSA2-1999)
- Atención de salud de 10 a 19 años (NOM-047-SSA2-2015)
- Cáncer cérvico uterino (NOM-014-SSA2-1994)
- Cáncer de mama (NOM-041-SSA2-2011)
- Cirugía oftalmológica (NOM-029-SSA3-2012)
- Asistencia social alimentaria (NOM-014-SSA3-2013)
- Asistencia social alimentaria en adultos mayores (NOM-031-SSA3-2012)
- Asistencia social alimentaria en niños y adolescentes (NOM-032-SSA3-2010)
En el mismo anuncio, por cierto, la Secretaría de Salud avisó que reprogramaron otras NOM referentes a padecimientos como el VIH o a temas legales, como el funcionamiento de las residencias médicas.
Pareciera que este aviso de cancelar la NOM del cáncer de mama y otros 33 programas es un reacomodo legal del sistema de salud en México. También es la antesala de una actualización en el tratamiento de algunas enfermedades —como Lepra, o Cólera.
Sin embargo, la polémica de su desaparición se centra en el vacío de protección que dejan, en lo que aparecen nuevas Normas.
¿Qué pasa si se cancela la NOM de cáncer de mama y otras 33 enfermedades?
En estas NOM —si quieren leer la NOM de cáncer de mama, por ejemplo, la pueden encontrar aquí— se explica el padecimiento, al mismo tiempo que se definen formalmente los pasos de atención. Lo más importante es que no solo se trata de una guía médica del tratamiento necesario, sino de una obligación legal de los parámetros mínimos de atención que todas las personas tienen que recibir.
“Es inadmisible”, decía Éctor Jaime, diputado federal y miembro de la Comisión de Salud. “Estas NOM permitían a miles de mujeres tener acceso a los mejores tratamientos disponibles en México y una mejor esperanza de vida durante y después del cáncer, ¿qué pasará con ellas y sus familias que enfrentan esta terrible enfermedad?”