Lo que necesitas saber:
Porque sabía que lo dejarían para el último minuto, el SAT dio una prórroga para activar el buzón tributario. ¿Cuál es la nueva fecha límite?
Si son de los que dejan todo para el último y aún no activan su Buzón Tributario del SAT, no se preocupen que el Servicio de Administración Tributaria sabía que esto pasaría y por eso decidió dar una prórroga para que realicen dicho trámite. Pero, ¿cuándo será la nueva fecha límite?
El SAT anuncia nueva fecha para activar el Buzón Tributario
Este 30 de diciembre el SAT informó que el nuevo plazo para tener habilitado tu buzón tributario será hasta el 31 de diciembre de 2025. Sí, real les están dando un año entero para que se pongan al corriente y activen su Buzón Tributario de una vez por todas.
Esto significa que a partir del 1 de enero de 2026, los contribuyentes tendrán que tener activado su Buzón Tributario del SAT y/o contar con sus datos de contacto actualizados. De no hacerlo, recibirían su respectiva multa.
Los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para activar su Buzón Tributario ante el SAT
Considerando que dichas multas podían ir de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos, seguramente muchos estaban con el estrés al máximo por no haber activado su Buzón Tributario ante el SAT y estar a unos cuantos días de recibir su infracción.
Pero bueno, el SAT se puso chido y este lunes dio a conocer, en el Diario Oficial de la Federación, que será hasta el 2026 cuando comience con eso de las multas. Así que ahora no hay pretexto para hacer este trámite que el SAT trae desde el 2020.
Cómo habilitar el Buzón Tributario
Ya si llegaron hasta este punto, les contamos cómo pueden habilitar su Buzón Tributario: Sólo necesitas entrar a la página del SAT (sat.gob.mx), dar clic en Buzón Tributario e ingresar con tu RFC, contraseña o la e.firma vigente.
Le dan click en Configuración y llenan el formulario de medios de contacto, registrando tu correo electrónico y número de celular.
Y por último sólo debes confirmar tus medios de contacto en 72 horas hábiles, ya sea por correo electrónico o un mensaje SMS que te llegará.
Cabe mencionar que para activar el Buzón Tributario del SAT es necesario contar con e.firma (para las personas morales) y con e.firma, e.firma portable o contraseña para las personas físicas —si no las tienen, hay que sacar cita con el Servicio de Administración Tributaria.
Y tener un correo electrónico, aunque puedes registrar hasta 5 direcciones, y un número de celular. ¡Ahora sí no lo dejen para después!