Una sentencia que sin duda tuvo eco en varios países. Recientemente el Tribunal Supremo de España determinó que un beso sin consentimiento es un delito de agresión sexual.
Esto como parte de la confirmación de una sentencia en el caso de un policía que dio un beso a una detenida sin consentimiento en enero de 2020.
Un beso sin consentimiento como agresión sexual
El 5 de enero de 2020, en las celdas de los juzgados del Prado de San Sebastián, un policía le dio un beso en la mejilla a una mujer detenida sin su consentimiento y luego intentó besarla en los labios.
Como parte de este caso y luego de la ley del “solo sí es sí“, la Audiencia Provincial de Sevilla condenó al policía a un año y 9 meses de prisión, condena que también fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Entre impugnaciones y demás, todo quedó en manos del Tribunal Supremo de España, el máximo escalón del Poder Judicial español.
Ahora, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia y determinó que un beso sin consentimiento es una “intromisión en la libertad sexual” que tiene como objetivo obtener una satisfacción sexual a costa de otra persona.
Es más, pone sobre la mesa que el consentimiento puede ser expreso o tácito con un agravante, en el caso específico, como es la detención y la embriaguez.
Es más, el tribunal explica que ya no se trata de ver si la víctima opuso resistencia al beso, sino lo contrario, si hubo consentimiento.
Ahora, el Supremo sí aclara que el tribunal debe interpretar las circunstancias del caso que dejan más que claro que no existió consentimiento. Determinó que en efecto el policía se aprovechó de que la víctima estaba detenida, en un medio hostil y desconocido.
La ley del “solo sí es sí”
En abril del año pasado, en 2023, el Senado aprobó una reforma que está relacionada con las agresiones sexuales y en general el consentimiento.
En abril del año pasado, en 2023, el Senado aprobó una reforma que fue llamada Ley de la Libertad Sexual. Habla de centros de crisis abiertos las 24 horas con atención integral para la familia, que la asistencia integral sea especializada y accesible, educación sexual en todas las etapas educativas, derecho a la reparación del daño ayuda económica para las víctimas, etc.
Pero no solo eso, esta reforma le dio cuello a la distinción entre el abuso y la agresión, poniendo la necesidad de consentimiento expreso para un encuentro sexual. Eso además de tipificar el acoso callejero.