Las cosas se están poniendo tensas en el Metro de la Ciudad de México. Ya hemos platicado —y bastante— de los preocupantes accidentes, de las constantes complicaciones, del presupuesto o de la llegada de la Guardia Nacional a sus andenes. Sin embargo, también tenemos que hablar de las consecuencias inesperadas para las personas.
Sobre todo para quienes, en estos últimos días, han terminado detenidos y acusados de delitos.
Se hizo famoso el caso de una señora que acusaron de tirar las aspas de una lavadora en Metro Centro Médico, o la historia de una lata de cerveza en Metro Santa Anita o incluso —de acuerdo con los reportes recientes— el caso de 3 hombres que se les cayó su celular en Metro Tacubaya, Guerrero e Indios Verdes.
Estos casos fueron denunciados ante el Ministerio Público y las personas han sido acusadas de un delito llamado Ataque a las Vías de Comunicación.
¿En qué consiste? ¿Cuántos años de cárcel implica o qué multas acarrea? Acá te contamos.
Ataque a las Vías de Comunicación
De acuerdo con el Código Penal para el Distrito Federal —no, no le han cambiado el nombre a CDMX— el delito de Ataque a las Vías de Comunicación aparece en el Artículo 331.
Está dividido en dos partes, para enfocarse en quienes dañen los sistemas de transporte o en quienes lo interrumpan.
Sobre el Ataque a Vías de Comunicación en el Apartado I, dice que se culpará a quien “dañe, altere, interrumpa, obstaculice, destruya alguna vía o medio local de comunicación, de transporte público o de transmisión de energía”.
El Apartado II es un poco más adecuado para los casos recientes del Metro.
“Interrumpa o dificulte el servicio público local de comunicación o de transporte, obstaculizando alguna vía local de comunicación, reteniendo algún medio local de transporte público de pasajeros, de carga o cualquier otro medio local de comunicación”
Apartado II del Artículo 331 del Código Penal del Distrito Federal.
En este Artículo 331 se explica que el Ataque a las Vías de Comunicación lleva una pena de uno a cuatro años de prisión y de cien a cinco mil días multa —que podrían ser más de 518 mil pesos, en el caso máximo.
También hacen un apunte: si el transporte público está ocupado, las penas se pueden aumentar en un 50%.
Otro punto que vale la pena aclarar es que el delito de Ataque a las Vías de Comunicación es distinto al delito de Sabotaje, que también se encuentra en el Código Penal del Distrito Federal, en el Artículo 363.
Ese es más manchado pues incluye hasta 15 años de prisión a quien “dañe, destruya o entorpezca las vías de comunicación del Distrito Federal”.
Los casos de personas que han tirado cosas al Metro o se les han caído sus celulares o las aspas de una lavadora apenas se encuentran en investigación. E incluso la Fiscalía —a la hora de anunciarlos— dice que averiguan “su probable participación”, pero bueno: ahora ya conocen un poco del delito de Ataque a las Vías de Comunicación, que seguro dará mucho de qué hablar.