El 3 de septiembre pasado el Senado aprobó en lo general y en lo particular el dictamen sobre la Ley Federal de Revocación de Mandato después de agregar modificaciones a los 29 artículos del proyecto.

Este 7 de septiembre, rapidito, el pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y en lo particular el mismo dictamen sin agregar modificaciones. Ahora se va sin escalas al ejecutivo y queda listo para el 2022.

Esta votación quedó en 290 votos a favor, 195 en contra y cero abstenciones. A pesar de que la oposición solicitó modificaciones, Morena y sus aliados fueron suficientes para aprobar el proyecto tal como se los pasaron.

¿Qué dice la nueva Ley de Revocación de Mandato?

Para empezar se especifica que el Instituto Nacional Electoral (INE) se hará cargo de la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

El artículo 5 explica que el proceso de revocación de mandato es el “instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza“.

Foto: Gobierno de México

¿Cómo funciona? El inicio de este proceso debe ser solicitado por la ciudadanía ante el INE siempre y cuando se respalde por el 3% de las personas inscritas en la lista nominal de electores (2 millones 804 mil 699 personas). Además, solo si los votantes sean de por lo menos 17 estados y que representen como mínimo el 3% de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

Para solicitar y participar en la consulta hay que ser mexicano, estar inscrito en el padrón electoral, no tener una sentencia que suspenda los derechos políticos y contar con credencial para votar vigente.

Este proceso de revocación podrá solicitarse por una sola ocasión en el sexenio pero después de los tres primeros años.

FOTO: GALO CAÑAS /CUARTOSCURO.COM

Después de eso el INE debe emitir los formatos impresos y medios electrónicos para la recaudación de firmas que daría luz verde a la convocatoria de la consulta donde ahora sí, todos los mexicanos pueden decidir si el presidente en turno se queda o se va.

Para juntar el porcentaje de firmas antes mencionado tienen un mes. Estas firmas no pueden ser recabadas por partidos políticos o cualquier otro tipo de organización del sector público, social o privado. El INE vigilará el proceso y verificará las firmas después.

Después de eso el mismo INE determinará la fecha en que se programará la consulta, las reglas de participación de los ciudadanos y la pregunta:

¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

Durante el tiempo desde que se emita la convocatoria y hasta que se concluya la jornada de votación veda electoral, es decir, no se podrá difundir en los medios de comunicación propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno. Tres días antes de la votación no se podrán difundir encuestas de preferencias.

Foto: Cuartoscuro

El número de ciudadanos y ciudadanas que acudan a votar no será superior a mil 500 por casilla. La jornada de votación se celebrará el domingo siguiente a los 90 días después de la emisión de la convocatoria y siempre y cuando esta fecha no coincida con jornadas electorales federales o locales.

A partir del término de la jornada electoral, los consejos distritales arrancarán el computo ininterrumpido de los resultados y hasta que acaben, tal como sucedió con la consulta de los expresidentes.

La revocación de mandato solo procederá por mayoría absoluta. Es decir, cuando al menos el 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores participe. Entonces el resultado será vinculatorio para el presidente/presidenta.

En la Lista Nominal de Electores hay 93 millones 489 mil 989 personas, un 98.57% de cobertura respecto al padrón electoral. Si se necesita la participación de al menos 40%, estamos hablando de que tendrían que participar 37 millones 395 mil 995 personas. 

Foto: Cuartoscuro

Si los resultados, después del periodo de impugnaciones, dicen que procede la revocación, en ese momento el presidente o presidenta será separada definitivamente del cargo.

Cuando esto suceda y de acuerdo con el artículo 84 de la Constitución federal, quien ocupe la presidencia del Congreso asumirá la titularidad del Poder Ejecutivo y dentro de los 30 días siguientes, en Congreso nombrará a quien concluya el sexenio.

Con peras y manzanas: la revocación de mandato

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