Por Luis Jardón
En Estados Unidos existe una frase muy famosa que dice que “cada quien tiene su día en la Corte”. Esta frase refleja la profunda confianza que los estadounidenses tienen en su sistema judicial y en que éste les hará justicia, pues efectivamente pueden demandar prácticamente cualquier agravio que hayan o crean haber sufrido.
Pero esa frase nunca ha sido cierta para los extranjeros que habitan fuera de Estados Unidos, ya que las cortes americanas han sostenido que su Constitución sólo protege y da derechos a las personas que se encuentran físicamente en territorio americano. Una demanda interpuesta por los familiares de un mexicano podría cambiar eso. Se trata del caso de Sergio Hernández, un niño que fue asesinado mientras jugaba en un canal de Ciudad Juárez cercano a la frontera por un agente de la patrulla fronteriza, quien le disparó desde el territorio de Estados Unidos.
La semana pasada, en el caso denominado Hernández v. Mesa, la Suprema Corte de Estados Unidos escuchó los argumentos de las partes para determinar si una persona que sufrió un daño cometido por un miembro del gobierno americano fuera del territorio estadounidense puede demandarlo ante las cortes estadounidenses. En su sentencia, la Corte no analizará si el agente fronterizo debe indemnizar o no a los familiares de Sergio Hernández por haberlo asesinado, sino sólo si éstos tienen el derecho mínimo a demandarlo. A pesar de ello, la pregunta no es menor y sus implicaciones mucho menos.
Bajo el derecho internacional se entiende que los miembros de un gobierno extranjero son inmunes por todos los actos que lleven a cabo en el ejercicio de sus funciones. En términos prácticos, en principio, ello significa que ningún país puede juzgar a ningún miembro del gobierno de Estados Unidos ni permitir que se les demande en su territorio cuando, actuando en el ejercicio de sus funciones, causen un daño a una persona fuera de Estados Unidos. En otras palabras, sólo Estados Unidos puede permitir que demanden a sus oficiales ante sus cortes y, hasta ahora, éstas han dicho que es un derecho que sólo le asiste a quienes están y han estado dentro del país. Es ahí donde el caso de Sergio Hernández cobra relevancia.
Si la Suprema Corte determina que los familiares de Sergio Hernández pueden demandar al agente fronterizo que lo asesinó, su decisión cambiará la forma en que todas las cortes del país deben interpretar a futuro la Constitución y las leyes al respecto. Ello implicará que cualquier persona en el mundo que haya o crea haber sufrido un daño causado por un miembro del gobierno estadounidense actuando dentro de su territorio tendrá el derecho de demandarlo en las cortes de ese país, más allá de lo que si alega es cierto o no.
En un contexto donde la administración del Presidente Trump ha implementado una serie de políticas extremas en contra de diversos países y sus nacionales –México a la cabeza de ellos– una sentencia en ese sentido podría generar una ola de demandas en su contra y la de sus agentes. Bastará que una sola persona considere que ha sufrido un agravio para que pueda ejercer su derecho de demandar. Lo anterior puede abrir una vía para demandar, por ejemplo, la deportación de mexicanos, o hasta cualquier acto de un miembro del gobierno de estadounidense, cometido dentro de su territorio, por el que alguien fuera del mismo se considere afectado.
La Suprema Corte es consciente de ello y, cualquiera que sea su decisión, seguramente tomará en cuenta estos efectos. Al final, con el fin de proteger la causa legítima de un mexicano que fue injustamente asesinado por un agente fronterizo americano, una sentencia así podría generar un derecho para que los extranjeros demuestren su repudio en contra de Estados Unidos a través de sus propias cortes. La moneda está en el aire.
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Luis Jardón es profesor de Derecho Internacional en el CIDE.
Twitter: @ljardonp