El día de ayer, el pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Reforma Financiera. Ésta aumenta las facilidades de crédito, otorga mayor poder a las instituciones de préstamo para proceder legalmente contra los deudores y otorga nuevos poderes al Banco de México. La reforma Financiera se suma a la Fiscal, que prevé aumentos en impuestos.

A diferencia de los intensos debates que los legisladores de la cámara alta mantuvieron en torno al resto de las reformas estructurales, los senadores aprobaron el proyecto de ley modificado por los diputados de manera intacta, pese a los 190 artículos que miembros del PRD y el PAN habían reservado para debatir. Los legisladores argumentaron que los diputados ya habían hechos suficientes modificaciones (más de 500) al documento enviado por Enrique Peña Nieto. No sabíamos que hubiese un límite de decencia para los importantes debates entorno a la ley.

La flamante reforma, aprobada 6 meses después de ser enviada la propuesta del ejecutivo, contraerá efectos positivos, pero también abre peligrosas posibilidades. En primer lugar, conseguir un crédito, ya sea bancario o de cualquier otra institución, será más fácil que nunca, ¡BIEN! Por otro lado, los bancos tendrán mayor facilidad para proceder legalmente contra los deudores. La cárcel y el embargo de bienes procederán más fáciles que nunca, ¡MAL! Si a esto sumamos los efectos de la reforma fiscal, que contempla un aumento tributario general, la desaceleración en el crecimiento económico contemplada para 2014, así como el impacto negativo que podría tener en el valor adquisitivo del peso una reforma energética que no prevenga con suficiencia la fuga de crudo y utilidades al extranjero, es claro que se pedirán préstamos cada vez con más frecuencia y estos podrán pagarse cada vez con mayor dificultad, ¡MUY MAL!

En segundo lugar, la reforma contempla mayores regulaciones y vigilancia a los bancos, obligando a toda institución financiera a presentar reportes periódicos a Hacienda, Banco de México y otros órganos que serán creados expresamente para ello. Incluso otorga al Poder Judicial de la Federación la facultad de iniciar un proceso especial para sancionar a instituciones de banca múltiple insolventes, ¡BIEN! Sin embargo, al tiempo que les vigila, permite que inversionistas extranjeros tengan el 100% del control de aseguradoras y arrendadoras; no prevé sanciones ni limitaciones fuertes y específicas para accionistas y directivos bancarios que pongan en peligro la economía, lo que contrae el peligro anteriormente señalado: no existen las condiciones necesarias para evitar la necesidad de un rescate bancario, ¡MUY MAL!

Como indicamos arriba, una de las principales herramientas en la lucha contra los abusos bancarios es el propio Banco de México, cuyo gobernador, Agustín Carstens recibirá un aguinaldo de más de 800 mil pesos. En la modificación al artículo 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, se especifica que “El Banco de México emitirá disposiciones de carácter general para regular las tasas de interés.” En este sentido, cabe una esperanza, pues mediante este mecanismo podrían emitirse límites expresos a las instituciones bancarias para no otorgar cŕeditos tan altos que resulten impagables y generen, a la larga, una crisis económica similar a la del 94 en México, o a la del 2008 en Estados Unidos. Existe polémica entre los especialistas en torno a si estos mecanismos son adecuados y suficientes para evitar estragos monetarios.

En todo caso, el Banxico y el resto de las instituciones reguladoras tendrán que ser más ágiles que los ya de por sí rápidos movimientos de la bolsa y los aún impredecibles impactos de la reforma energética para actuar con prontitud frente a las crecientes facilidades crediticias en caso de resultar peligrosas. En contraste, las autoridades adelantan que pasarán años antes de que los efectos positivos de la nueva legislación puedan ser palpables.

A continuación, te mostramos una lista que puntualiza los principales cambios que la reforma financiera contrae:

  • La reforma modificó el mandato original de los bancos de desarrollo para que tengan como mandato fundamental facilitar el acceso al crédito y los servicios financieros.
  • Faculta al Consejo Directivo de los bancos de desarrollo para que pueda establecer una estrategia de rendimiento objetivo, determinando tasas, plazos, riesgos de las operaciones y tipos de negocio.
  • Se propone que los bancos de desarrollo tengan un manual y tabulador salarial competitivo con respecto al sector financiero.
  • Las áreas legales de los bancos de desarrollo podrán defender a los directivos del Consejo de Administración y ex funcionarios por las consecuencias de sus decisiones tomadas en su labor diaria.
  • Liberan de los fideicomisos a los bancos de desarrollo para su capitalización y permiten que se fondeen en el mercado de valores como un banco comercial.
  • Coloca en la Ley de Instituciones de Crédito las normas dictadas por la CNBV para las reglas de capitalización bajo Basilea III.
  • Eleva a rango de ley el Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero (CESF) para que sea permanente su función.
  • Se fortalecerá a la Condusef para que sus determinaciones en defensa de los usuarios de servicios financieros sean obligatorias para las instituciones crediticias.
  • Incluye la posibilidad de que los clientes transfieran sus créditos al consumo a otra entidad financiera, o sus operaciones bancarias a otro banco.
  • Se creará un buró de instituciones financieras para que los clientes puedan comparar los servicios y los productos que ofrecen entre ellos.
  • Prevé la posibilidad de crear una sociedad de información crediticia (buró de crédito) como entidad paraestatal que forme parte del sistema financiero.
  • Mejora los procesos para que la figura de crédito garantizado permita el cambio de banco con créditos hipotecarios o de similares características, para fomentar la competencia en el sector.
  • Modifica el código mercantil para que se cobren las garantías de crédito con juicios más expeditos y con jueces especializados.
  • Se propone que la SHCP evalúe periódicamente a bancos, premiando con mayor acceso a financiamiento a aquéllos que demuestren tener un mayor compromiso con el crédito a las familias y personas morales.
  • Permite a las sofipos, sofincos y cooperativas de ahorro y préstamo contratar a terceros (corresponsales) para que les presten aquellos servicios que sean necesarios para su operación, así como cobrar comisiones para realizar tales operaciones a nombre de las sociedades.
  • Suprime el requisito de operación de dos años de las sociedades financieras populares previo a que sean autorizadas para captar recursos del público.
  • Se prohíbe que los bancos tengan ventas cruzadas en el mercado de valores para evitar conflictos de intereses en el sector y afectaciones a los clientes.
  • Incorpora en la Ley de Instituciones de Crédito un proceso especial dirigido por el Poder Judicial de la Federación para tratar a las instituciones de banca múltiple insolventes.
  • Otorga al IPAB la función de liquidador judicial sin limitar la participación del Juez en todas las etapas de la liquidación judicial bancaria.
  • Se modifica la ley de agrupaciones financieras para que los gobiernos extranjeros puedan intervenir matrices de instituciones financieras con presencia en México.
  • Se prohíbe que los directivos de una institución financiera en México sean extranjeros si su controladora se encuentra intervenida por un gobierno extranjero.
  • Se emite la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.
  • Se permite que inversionistas extranjeros puedan tener 100% del control de aseguradoras y arrendadoras en México.
  • Se aprueba compartir información de instituciones financieras en México con gobiernos extranjeros en caso de una investigación de lavado de dinero o de evasión fiscal.

Vía: El Economista

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