Hugo López Gatell (subsecretario de Salud), Claudia Sheinbaum (jefa de Gobierno de la Ciudad de México) y Alfredo del Mazo (gobernador del Estado de México) se aventaron finalmente este viernes el anuncio que ya veníamos esperando desde hace algunas semanas: el regreso a semáforo rojo en CDMX y el Edomex desde el 19 de diciembre y hasta el 10 de enero del 2021 (por lo menos).

Lo anterior representa que volverá la suspensión de actividades no esenciales tal como pasó hace algunos meses, medida que no tiene otra finalidad más que la de reducir la movilidad de la población y, con ello, la propagación del coronavirus en el Valle de México.

 

Pero como es importante entender cuáles son (con exactitud) las actividades que sí se pueden realizar y cuáles no —osea, cuáles se consideran esenciales y cuáles no—, el gobierno del Estado de México publicó en la Gaceta del Gobierno un listado preciso para dejárnoslo más claro y a continuación te lo resumimos un poquito:

Lista de actividades permitidas en el Edomex tras regreso a semáforo rojo

Vamos primero con lo que sí se puede. Luego del regreso a semáforo rojo en el Edomex, sólo actividades relacionadas con la atención de la emergencia sanitaria, las tareas de seguridad y aquellas que garantizan los servicios básicos para la población del Estado de México están permitidas. Va la lista completa:

Foto ilustrativa: Cuartoscuro

1.- Actividades públicas y privadas que de manera directa son necesarias para atender la contingencia sanitaria como: actividades laborales de la rama médica en todas sus especialidades: producción, distribución y venta en el sector farmacéutico (farmacias); manufactura, mantenimiento y reparación de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud; y la limpieza y sanitización de las unidades médicas y otras instalaciones vinculadas directamente con la prestación de servicios de salud.

2.- Las involucradas en la seguridad pública, protección civil, procuración e impartición de justicia, la atención a víctimas y búsqueda de personas y la actividad legislativa estatal.

Foto: Cuartoscuro

3.- Actividades consideradas como esenciales para la atención de necesidades básicas de la población pa’ que el regreso a semáforo rojo no represente quedarnos sin algún servicio necesario… acá nos encontramos con que permanecerá operando todos lo que incluye la siguiente lista:

  • Servicios financieros (bancos. notarías, casas de empeño, tesorería);
  • Gasolinerías y otros puntos de producción y distribución de energéticos;
  • Cualquier actividad relacionada con la generación y el suministro de agua potable y energía eléctrica;
  • Producción y venta de alimentos y bebidas (centrales de abasto, mercados, tianguis, supermercados, tiendas de autoservicio, de conveniencia, abarrotes, misceláneas, recauderías, carnicerías, pollerías, cremerías, panaderías, tortillerías y similares);
  • Venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas sólo para llevar y/o a domicilio (restaurantes, fondas, loncherías, cocinas económicas);
  • Venta de alimentos para animales y servicios de veterinaria;
  • Lavanderías y tintorerías;
  • Transporte de carga y transporte público (incluyendo Mexibús y el Teleférico) con límite de cupo y ciertas modalidades para la prestación del servicio, así como actividades relacionadas con logística, como aeropuertos y ferrocarriles;
  • Mantenimiento y reparaciones mecánicas, ferreterías, tlapalerías, herrerías, carpinterías y casas de materiales, y toda actividad relacionada con las industrias de la construcción, minería y manufacturera;
  • Agricultura, ganadería y toda actividad relacionada a la agroindustria, química y de productos de limpieza;
  • Mensajería, paquetería y comercio electrónico;
  • Seguridad privada y sistemas de seguridad;
  • Centros de asistencia social de acogimiento de niñas, niños y adolescentes; asilos para personas adultas mayores; refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia;
  • Telecomunicaciones, medios de información, tecnologías de la información, electrónica y alta tecnología;
  • Servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación;
  • Servicios de almacenamiento, centros de distribución y cadena de frío de insumos esenciales:
  • Limpieza y sanitización de espacios públicos y privados

 

Se mantienen programas sociales, centros comerciales y hoteles con aforo limitado

También serán permitidas todas las actividades relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno del Estado de México.

Centros y plazas comerciales del Edomex limitarán el acceso de la gente por el regreso a semáforo rojo exclusivamente a los establecimientos que lleven a cabo las actividades esenciales antes mencionadas con un aforo máximo del 15%. Para el caso de los hoteles, éstos deberán limitar su aforo al 30%.

Foto: Cuaertoscuro

Actividades no permitidas

Vamos ahora con las que no se pueden. A grandes rasgos podemos decir que no está permitido todo lo que no esté incluido en la lista anterior, pero para ser más específicos y que no quede ninguna duda, el gobierno del Estado de México enlistó también varias actividades prohibidas por eso de que ya volvimos a semáforo rojo:

Por lo menos hasta el 10 de enero, en el Edomex no pueden abrir bares, cantinas, salones de baile, discotecas, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros, salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos), billares y cualquier establecimiento para venta de bebidas alcohólicas.

 

Tampoco pueden abrir cines, gimnasios, zoológicos, balnearios, albercas públicas, boliches, baños públicos, vapores, spas, peluquerías, barberías, estéticas, locales o espacios destinados a actividades deportivas o culturales, teatros, auditorios, foros y palenques (*toma aire como el vocalista de Café Tacvba en “La Ingrata”*)

Y ojo, mucho menos se pueden realizar eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales) ni espectáculos públicos; no se permite que abran salones de fiestas y/o jardines para eventos sociales, verbenas, ferias, desfiles, fiestas populares o cualquier otra que impida el cumplimiento de las medidas preventivas o que promueva la aglomeración de personas en un mismo espacio o lugar.

Foto: Cuartoscuro

Actividades gubernamentales no esenciales del Edomex también se suspenderán por el semáforo rojo

Cabe mencionar, ya para terminar, que las actividades gubernamentales que tampoco se consideran esenciales quedarán suspendidas a partir del lunes 21 de diciembre y se retomarán el 11 de enero del 2021, un día después de que concluya el periodo que se ha establecido para este nuevo cierre de actividades por el regreso a semáforo rojo.

Gente del Edomex, a cuidarnos mucho estos días si no queremos que este nuevo confinamiento se prolongue, porque estamos hasta el cuello con el número de hospitalizaciones y éste no bajará si no ponemos de nuestra parte.

Qué si y qué no: lista de actividades permitidas y prohibidas por Semáforo Rojo en la CDMX

 

 

Todo lo que no sabías que necesitas saber lo encuentras en Sopitas.com

Mi nombre es Christian, soy egresado de la UNAM y llevo ligado a la creación de contenidos digitales desde el 2015. Trabajé en Reforma, distintos portales de futbol y blogs especializados antes de llegar...

Comentarios