En la tarde del pasado miércoles, 16 de enero, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la creación de la Guardia Nacional y se desató la tuitiza. Por estos lugares se escucharon gritos apocalípticos, porras acríticas, quejas presidenciales y muchos —muchos— lamentos de flojera y confusión.

Todo el show de la Guardia Nacional estuvo enredado, revuelto y de encima, correteado pues pasó por la vía exprés juntando 362 votos a su favor. En el proceso —no se me duerman— el dictamen que terminó aceptándose se cambió decenas de veces: le quitaban unas palabritas por acá o le agregaban unas cosas más abajo, el PRI metía su cuchara y bateaban las aportaciones de Tatiana Clouthier. La verdad es que más de uno quedó mareado o dormido en el camino.

¿Cómo habrá estado la norteada y la falta de interés que en las tendencias de Gooogle en México la Guardia Nacional fue menos buscada que un juego de Copa MX de los Leones Negros? No es broma, es en serio…

Entonces, para no seguirnos enredando acá te contamos todo lo que necesitas saber sobre la Guardia Nacional en 4 sencillos puntos

¿Qué $%& es la Guardia Nacional?

La pregunta más simple y, al mismo tiempo, la que todos deberíamos hacernos. Muy fácil, de acuerdo al Gobierno —esto es importante— es una policía “con carácter civil” y estará encargada de las tareas de seguridad pública que le corresponden al gobierno federal. Tendrá formación, capacitación y desempeño según esto, civil.

Eso sí, también funcionará con un sistema homologado al de las Fuerzas Armadas con cosas como la disciplina, estructura, jerarquía, servicios, ascensos, prestaciones e ingreso de militar. Eso estará a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). O sea…

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Foto: Roberto Hernández-El Sol de México.

¿Son militares o son policías? ¿Su jefe es Sedena o Seguridad Pública?

Al más puro estilo del agua de tamarindo que sabe a jamaica pero parece de limón, las autoridades —AMLO, pues— juran y perjuran que es un mando civil el que controlará la situación. Lo que sí se aprobó es que el mando administrativo será el civil y el operativo será militar.

Establecido en el artículo 21 constitucional, explican que los civiles se harán cargo de la “planeación, programación y ejecución” del asunto y a los militares les toca lo demás.

De encima, habrá una junta de Jefes para organizar el asunto y ahí se reunirán dos militares y un civil, integrantes de las secretarías de Defensa, Marina y Seguridad. Los miembros “de a pie” de la Guardia Nacional serán la Policía Naval y la Policía Militar. Al mismo tiempo, le entrarán al quite algunos de la Policía Federal y se convocará a miles de civiles para que se unan a sus filas.

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¿Quién los va a mantener a raya?

Esa es una de las principales preocupaciones del asunto. Después de 12 años de militarización en México, la burra quedó arisca cuando se escucha que ahora será constitucional —y no una excepción— los militares en la calle.

Pues el dictamen dice que cuando cometan faltas de disciplina militar ellos tendrán un “fuero militar” para ser juzgados con los militares. Sin embargo, como van a recibir capacitación en muchasmil áreas de la seguridad pública, cuando cometan algún crimen serán juzgados por la autoridad civil correspondiente. También, van a poder actuar junto a los Ministerios Públicos y ahí estarán investigando delitos en general.

¿Qué diferencia tiene con la Ley de Seguridad Interior?

“Recuerdo con absoluto horror las violaciones de derechos humanos a cargo de integrantes del Ejército que se han registrado y documentado(también de la Policía Federal, la preventiva y la ministerial, no nos hagamos), así como la naturalidad con la que éstas han quedado impunes”, explicaba Azul Alzaga, una analista invitada en Milenio mientras comentaba sus dudas entre estas dos controvertidas medidas.

¿Se acuerdan el griterío que se armó con la Ley de Seguridad Interior (LSI) de EPN? Pues sí, los miedos son los mismos, entrar a un estado militarizado que nos pudiera detener con total impunidad. Sin embargo, sí tienen claras y marcadas diferencias. 

Pa’ empezar, la LSI facultaba al Ejército así como estaba de salir a las calles y mantener todas sus reglas, incluidas el fuero. La GN es una nueva corporación. A pesar de eso, la diferencia más notoria es que la GN establece una “serie de controles que contemplan el concurso de diversos actores de carácter civil en la puesta en marcha, operación, supervisión y sanción” de esta nueva medida.

Foto: Especial

*Foto destacada: Alfredo Estrella//AFP

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